Diario del Cesar
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Parque de ‘Don Alberto’ terminó convertido en restaurantes callejeros

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POR:
EDUARDO
MOSCOTE SIERRA

Sin control y protección, así se encuentra el parque del barrio Don Alberto por un aparente mal uso del espacio público.  El caso fue dado a conocer por habitantes del sector quienes buscan que las autoridades detengan el deterioro delescenario.

El presidente de la Junta de Acción Comunal, Fabio Delgado Guerrero, resaltó que los daños se agravan por la ‘ocupación indebida’ de las áreas verdes.  Cabe destacar que el parque fue inaugurado el 25 de Noviembre del 2019 y hoy, “la gran mayoría de las áreas naturales ya no cuentan con el engramado”.

Las afectaciones registradas a través de fotografías se estarían dando por la permanencia de tráileres dedicados a la venta de comidas rápidas.

 “Los propietarios de dichos negocios han intervenido físicamente los espacios destinados como áreas verdes con la colocación de material triturado para la colocación de mesas y el tráfico de personas, alterando el uso para el cual se establecieron dichos espacios, como se indicó inicialmente con la colocación de gramado vegetal”.

En las imágenes también se aprecia una caseta fija en la que dice el presidente de la JAC de Don Alberto, se venden helados.  Los actos, han hecho que otros comerciantes busquen establecer negocios en este punto de la ciudad.

 “Están ignorando las normas urbanísticas y la reglamentación de la utilización del espacio público.  Aquí  realizaron una construcción de carácter permanente, donde se ha ejecutado plantilla de base, excavaciones y la colocación de instalaciones sanitarias e hidráulicas conectándose al circuito de los jardines públicos”, informó Delgado Guerrero.

ESTAS SERÍAN LAS FALTAS

Aunque la Junta de Acción Comunal permitió la intervención del espacio público del sector, dice que no se estarían teniendo los controles estipulados al inicio de la obra.

El líder social nombró los puntos violentados.  Inicialmente dice que el Decreto 1504 de 1998, por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial es el más vulnerado.

El Artículo 28 señala que, “la ocupación en forma permanente de los parques públicos, zonas verdes y demás bienes de uso público, el encerramiento sin la debida autorización de las autoridades municipales o distrital, la realización de intervenciones en áreas que formen parte del espacio público, sin la debida licencia o contraviniéndola y la ocupación temporal o permanente del espacio público con cualquier tipo de amueblamiento o instalaciones dará lugar a la imposición de las sanciones urbanísticas que señala el artículo 104 de la Ley 388 de 1997”.

Por su parte, el Artículo 104 habla de las sanciones urbanísticas.  En el inciso se explica que las infracciones presentadas darán lugar a la aplicación de sanciones determinadas por alcaldes municipales y distritales; y el gobernador del departamento.

Económicamente las multas podrían llegar a 30 o 60 salarios mínimos legales mensuales, “para quienes ocupen en forma permanente los parques públicos, zonas verdes y demás bienes de uso público, o los encierren sin la debida autorización de las autoridades municipales o distritales, además de la demolición del crecimiento y la suspensión de servicios públicos, de conformidad con lo señalado por la Ley 142 de 1994”.

En la misma sanción incurrirán quienes realicen intervenciones en áreas que formen parte del espacio público, sin la debida licencia o contraviniéndola, sin perjuicio de la obligación de restitución de elementos que más adelante se señala.

Con los puntos señalados, Fabio Delgado, presidente de la JAC de Don Alberto, dice que sienta un  precedente de no caer en la omisión y negligencia al ser uno de los encargadosde supervisar el escenario.