Diario del Cesar
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“Un arma disuade a los delincuentes”, dice exdirector de la Dijin

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En medio de la controversia por la expedición del Decreto 1368 sobre la regulación y permisos del porte de armas de fuego en Colombia, el general en retiro Fernando Murillo, exdirector de la Dijin de la Policía Nacional entre 2020 y 2022, defendió la efectividad de la medida al asegurar que la tenencia y el porte legal ejercen un efecto de contención directo sobre la delincuencia

Según el alto oficial en retiro, el deterioro de la seguridad ciudadana ha llevado a la población a demandar herramientas legítimas para proteger su vida y su patrimonio frente a una criminalidad que “ya no respeta ni la institucionalidad, no respeta la vida, no respeta la integridad”.

Disuasión y la necesidad de autoprotección

Para el general (r) Murillo, la sola probabilidad de que los ciudadanos estén armados legalmente altera el cálculo de los criminales en las calles. “El solo hecho que el delincuente común hoy sepa que hay ciudadanos que tienen un porte legal de armas, es disuasivo para todos los hechos de violencia que estamos viendo”, sostuvo en diálogo con Mañanas Blu.

Al ser cuestionado sobre si la protección no debería recaer exclusivamente en las instituciones del Estado, Murillo señaló que existía una realidad ineludible en materia de seguridad: “Ese es el deber ser… Pero también hay que tener en cuenta que en seguridad ciudadana el ciudadano tiene corresponsabilidades y la corresponsabilidad es la autoprotección”.

Requisitos rigurosos y diferencia entre porte y tenencia

Frente a las críticas de quienes temen un descontrol de armamento en las calles, Murillo enfatizó que la decisión gubernamental “no es una patente de corso” ni autoriza la comercialización libre. Aclaró que la venta de armas se mantiene bajo el monopolio de las Fuerzas Militares a través de Indumil y requiere la evaluación de un comité especializado tras someterse a exámenes médicos, psicotécnicos, revisión de antecedentes y referencias personales.

Asimismo, precisó la diferencia técnica entre las licencias existentes en la legislación colombiana: “La tenencia es cuando usted compra un arma legalmente al estado y la tiene en un lugar, ya sea su residencia, su en su actividad económica, en su finca… no la puede transportar permanentemente”, mientras que “el porte es cuando la persona adquiere un arma precisamente para que lo acompañe a toda a su actividad personal o laboral”. Además, recordó que existen prohibiciones tajantes, como la imposibilidad de portar armamento bajo los efectos del alcohol.

Los riesgos de convivencia y el debate sobre las armas ilegales

Al evaluar los posibles riesgos de violencia intrafamiliar o accidentes en los hogares, el exdirector de la Dijin reconoció que “puede haber un riesgo en el mal uso del arma de fuego, pero eso ya es la condición de la persona” . Sin embargo, insistió en que el objetivo principal es permitir la legítima defensa cuando el Estado no puede brindar una respuesta inmediata.

Por su parte, el experto en seguridad ciudadana y exsubsecretario de Seguridad de Bogotá, Andrés Nieto, aportó una perspectiva crítica basada en cifras e investigaciones internacionales. Nieto advirtió que la flexibilización suele provocar “un aumento en los primeros 3 años de hasta el 26% de riñas entre familiares, conocidos o amigos que terminan… con estas armas en medio de esas discusiones”.

No obstante, Nieto coincidió en que el verdadero problema radica en el mercado negro: “El problema en este país no son las armas legales… sino son las ilegales”, estimando en más de tres millones los dispositivos no regulados en manos de la delincuencia

Finalmente, el experto recordó que el permiso legal no otorga impunidad penal: “Usted puede tener ahora un permiso, un salvoconducto, tanto de tenencia como deporte y eso no lo va a exonerar de responder ante las autoridades por un homicidio”, resaltando la alta complejidad jurídica para demostrar la legítima defensa ante un juez.

/la fm