Diario del Cesar
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JEP cerró procesos contra 59 comparecientes por falsas bajas en Catatumbo

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) resolvió de manera definitiva la situación jurídica de 59 integrantes de la Fuerza Pública vinculados a 11 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas ocurridos entre 2003 y 2008 en Catatumbo, en los que 17 personas fueron presentadas falsamente como bajas en combate.

En dicho caso, la Jurisdicción estableció que los 59 comparecientes no fueron considerados máximos responsables de los hechos y que cumplieron las condiciones exigidas dentro de la ruta no sancionatoria, por lo que les fue concedido el beneficio de renuncia a la persecución penal.

La resolución establece que los hechos correspondieron a ejecuciones extrajudiciales cometidas por integrantes del Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander (BISAN), en municipios como Ocaña, San Calixto, Hacarí, Villa Caro, Ábrego y Bucarasica, en Norte de Santander, además de un caso ocurrido en Aguachica, Cesar.

Según la reconstrucción realizada por la JEP, los crímenes analizados se produjeron principalmente bajo dos modalidades. En una de ellas, habitantes de la zona rural del Catatumbo eran señalados como integrantes o colaboradores de grupos armados, para luego ser asesinados y reportados como bajas en combate.

La segunda modalidad involucró a jóvenes que fueron engañados en lugares como Bogotá, Bucaramanga, Soacha, Aguachica y Gamarra mediante falsas ofertas de trabajo. Posteriormente eran trasladados al Catatumbo, donde eran retenidos, asesinados y presentados como integrantes de grupos armados abatidos en operaciones militares.

En algunos casos, unidades de inteligencia conseguían a las víctimas y las entregaban a los pelotones; en otros, los propios militares detenían a personas señaladas de pertenecer a grupos armados.

También se estableció el uso de guías u orientadores que señalaban a supuestos integrantes de organizaciones ilegales y, en otros hechos, militares habrían presentado como resultados propios homicidios cometidos en coordinación con otras unidades o grupos paramilitares.

En este caso, la JEP concluyó que los beneficiarios aportaron información sobre los hechos, reconocieron su responsabilidad y asumieron compromisos de reparación y no repetición.

La Sala señaló que esos aportes permitieron reconstruir los hechos con un nivel de detalle superior al alcanzado previamente en la justicia ordinaria. Además, los comparecientes participaron en audiencias en las que estuvieron presentes víctimas y realizaron actos de reconocimiento y perdón, así como compromisos de reparación simbólica.

El beneficio, sin embargo, no es incondicional, pues la JEP advirtió que podrá retirarlo si alguno de los comparecientes incumple sus obligaciones, comete nuevos delitos, desatiende los requerimientos de la Jurisdicción o deja de cumplir las medidas de reparación acordadas.

Una vez la decisión quede en firme, las autoridades judiciales y disciplinarias deberán materializar los efectos de la decisión y archivar las actuaciones relacionadas con los procesos incluidos en la resolución.

/colprensa