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¿Qué sigue si Duque objeta la Ley Estatutaria de la JEP?

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El presidente Duque, que utilizó el tiempo máximo que le permitía la ley para su revisión –hasta el 11 de marzo-, podría objetar no toda la ley, pero si una parte de ella. Sus ajustes coincidirían con algunos de los cambios que ha pedido su partido, el Centro Democrático, en particular el expresidente Álvaro Uribe.

Por:
ARGEMIRO
PIÑEROS MORENO

Pocas veces en la historia legislativa del país ha ocurrido que una ley ya revisada por la Corte Constitucional tenga que pasar por un trámite complejo para ser sancionada por el presidente de la República. Eso es lo que está pasando con la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, que, tras muchos debates, podría ser objetada por el presidente Iván Duque.

Incluso, es posible que la decisión que tome el mandatario abra la ventana para que el debate entre los opositores y defensores de este sistema de justicia transicional, que ya se creía cerrado, se abra de nuevo en el Congreso.

Duque, que utilizó el tiempo máximo que le permitía la ley para su revisión –hasta el 11 de marzo-, podría objetar no toda la ley, pero si una parte de ella. Sus ajustes coincidirían con algunos de los cambios que ha pedido su partido, el Centro Democrático, en particular el expresidente Álvaro Uribe.

Si bien algunos requieren reformas constitucionales, por lo cual no se podrían tramitar a través de estas objeciones, otros sí se podrían corregir haciendo cambios en el articulado de la ley estatutaria.

Se plantea, entre otras cosas, impedir a los desmovilizados que incurran en narcotráfico después de la firma del acuerdo de paz conservar los beneficios de laJEP. El exnegociador de las Farc y hoy detenido Jesús Santrich es el gran referente en este caso.

Otras objeciones apuntan a que la Fiscalía pueda adelantar diligencias judiciales a la par con la JEP; a impedir la amnistía para delitos de lesa humanidad; a prohibir las penas alternativas para delitos contra menores de edad como secuestro y violación, y a que los miembros de la Fuerza Pública no sean sometidos a la JEP. Duque, igualmente, se ha opuesto a que se permita la conexidad del narcotráfico con el delito político.

Fernando Estrada, quien fue asesor y secretario de una de las comisiones constitucionales del Congreso, asegura que en caso de hacerlas, las objeciones del presidente Duque deben llegar a las plenarias de Senado y Cámara, que nombraría dos comisiones accidentales o especiales. Lo ideal es que en estas comisiones estén los congresistas que fueron ponentes en su momento.

Cada comisión deberá entregar un informe a la plenaria recomendando a la misma si acoge o no las objeciones, y cada plenaria tendrá que votar de forma autónoma. Para que las objeciones sean rechazadas, se requiere mayoría absoluta en cada cámara. Si esta mayoría no se obtiene, las objeciones son aprobadas.

Estrada explica que de ser acogidas las objeciones, es decir, si se aceptan los reclamos de Duque, los cambios se discutirán en cada plenaria, más no irán nuevamente a discusión en comisiones. Una vez aprobado, el proyecto de Ley, se enviará al presidente para su firma.

Es posible también que una cámara apruebe las objeciones y otra las niegue. En ese caso, en concepto de uno de los actuales secretarios de comisión del Senado que pidió reserva de su nombre, las objeciones quedarán negadas y la Ley se le enviará al presidente sin modificaciones para que la firme.

En este último escenario, el primer mandatario tendría una última opción: negarse a firmar la Ley, caso en el cual la norma tendría que ser sancionada por el presidente del Congreso, que actualmente es el miembro del Centro Democrático Ernesto Macías.

Aunque no es común que esto pase, ya se han dado algunas situaciones así. Por ejemplo la ley del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Andrés Pastrana no fue firmado por el jefe del Estado, sino por la entonces presidente del Congreso Nancy Patricia Gutiérrez.

Más recientemente, la ley de honores a la memoria del periodista Enrique Santos Castillo fue sancionada por el presidente del Senado, Mauricio Lizcano, debido a que el presidente Juan Manuel Santos se declaró impedido de hacerlo por ser su papá.

También es claro que la discusión de las objeciones, sí las hay, se deberá dar en sesiones ordinarias, es decir, tendrá que esperar hasta después del 16 marzo, cuando cada mesa directiva designe la comisión accidental que las estudie y de su recomendación.

Eso significa que la discusión de las objeciones solo se dará después de abril, y coincidirá con el trámite del plan de desarrollo, que es de mayor urgencia, pues el Congreso solo tiene un plazo de tres meses para aprobarlo.

Se espera además que las objeciones tendrán una amplia discusión, por lo que no sería extraño que la discusión llegue por lo menos hasta junio cuando terminan las sesiones ordinarias. Durante todo este tiempo la Ley Estatutaria no tendría efectos, pues solo entrará en vigencia después de que sea sancionada por el presidente.

Ante ese escenario, las Farc, ya tiene listo un plan B con el que espera proteger tanto la ley estatutaria de la JEP como las demás que implementan los acuerdos. La senadora Victoria Sandino afirmó que buscarán que se cumpla lo ordenado por el decreto que le dio vida a la CSIVI en 2016: de haber diferencias insalvables o desacuerdos que no puedan ser resueltos entre las partes, se puede convocar la intervención de los países garantes y los notables que han acompañado el proceso. /Colprensa