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Exfiscal ya no tendrá que reparar al Estado 

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La Corte Constitucional revocó los fallos que ordenaban a dos exfuncionarios devolver al Estado un dinero producto de condenas contra la Nación. 

La Sala Plena virtual de la Corte decidió revocar el fallo del Consejo de Estado, que emitió una acción de repetición en contra del exfiscal general, Luis Camilo Osorio por la declaratoria de insubsistencia de un funcionario.

La Corte encontró que no se cumplieron los requisitos para que el Consejo de Estado ordenara al ex fiscal Osorio devolver los dineros dentro de un proceso de repetición producto de una condena contra la Nación por el despido de un empleado de la entidad que se consideró no ajustado al ordenamiento jurídico.

El alto tribunal encontró que según lo señalado por el artículo 90 de la Constitución, en este tipo de procesos, se debe probar que la conducta del funcionario contra el cual se pretende la restitución de lo pagado fue intencional o con culpa grave, y que ello no ocurrió en el caso del ex fiscal Osorio.

En un segundo caso abordado por la Corte de una gerente de un hospital que fue condenada en acción de repetición por el despido de un subalterno de libre nombramiento y remoción, la sala encontró falta de proporcionalidad de la condena, porque frente a una expectativa de estabilidad laboral de cuatro meses por afectar la ley de garantías se dispuso una condena de más de 700 millones equivalentes a varios años de trabajo.

En este caso la Corte dejo sin efectos parciales el monto de la condena a la que fue condenada esta funcionaria.

La determinación se resolvió con una votación de ocho a cero, con aclaración de voto del magistrado Alberto Rojas Ríos y con el impedimento del magistrado Antonio José Lizarazo.

/Colprensa