Diario del Cesar
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Elección de Rectora de la UPC llegará hasta el Consejo de Estado 

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En rueda de prensa, Alexi Vidal Brito, rectora encargada de la UPC; y el secretario General de la UPC, Raúl Adolfo Gutiérrez Maya, aclararon la legalidad del Acuerdo 036 del 16 de diciembre de 2019, por medio del cual fue designada Darling Guevara Gómez, rectora en propiedad de la Universidad Popular del Cesar./STIVEN MENESES

POR:
NINOSKA
REYES URDANETA

La designación de Darling Guevara Gómez como rectora de la Universidad Popular del Cesar, por parte del Consejo Superior Universitario, está blindada de legalidad y el debido proceso, por lo cual la única autoridad capaz de anular el proceso de designación es el Consejo de Estado, y en caso de existir alguna demanda, debería ser presentada en un máximo de 30 días, a partir de la publicación del acto administrativo del Acuerdo 036 del 16 de diciembre de 2019.

La aclaratoria fue anunciada en rueda de prensa, por la rectora encargada de la UPC, Alexi Vidal Brito y el Secretario General, Raúl Adolfo Gutiérrez Maya, quienes ofrecieron detalles del proceso de designación de la nueva autoridad, para el periodo 2019-2023.

Vidal Brito informó que durante la sesión del lunes, se presentaron siete de los nueve candidatos, de los cuales dos se abstuvieron de exponer sus propuestas por no estar de acuerdo con el mecanismo de selección.

De los nueve consejeros, se presentaron seis. Carlos Darío Morón Cuello, Luis Napoleón Durán Cortés y Darwin Mannbach, enviaron sus excusas y no participaron en el debate. “La sesión se realizó bajo absoluta normalidad y el próximo viernes 20 de diciembre tomará posesión la rectora Darling Guevara, quien recibió los seis votos a favor por parte del CSU”.

Detalló Vidal Brito, que dentro de lo evaluado, se tomaron en cuenta los planes que pudieran tener los aspirantes para la universidad, y el cómo se lograría el objetivo; mientras que sus hojas de vida y capacidad académica, habían sido evaluadas con anticipación.

NO HAY DEMANDAS

Por otra parte, informó que a la fecha no se ha recibido ninguna demanda u objeción relacionada con la decisión del CSU. Sobre la última tutela que suspendió el proceso de designación el pasado 12 de diciembre, ésta fue radicada a Valledupar, donde el Juzgado  Segundo Administrativo dispuso a dejar sin efecto la solicitud, lo que permitió hacer la convocatoria para el día lunes dejando los resultados conocidos.

En este proceso no hubo vulneración de derechos de nadie, todos están conscientes de los esfuerzos que la UPC hizo para que se desarrollara la consulta estamentaria. “Hubo inversión de tiempo y recursos, se tenía conocimiento que de la manera en que se hiciera el proceso, este sería saboteado por inconformidad de algunos candidatos. No se encontró una respuesta real a las garantías que ellos pedían”, dijo la rectora encargada.

El CSU analizó toda esta situación, la universidad no podía seguir como venía, había que darle un rumbo, por lo que el CSU tomó la decisión después de agotar las dos fallidas consultas en la que participaban estudiantes, profesores y egresados.

Lo más importante, es que se logró sacar adelante el semestre académico, son pocas las universidades públicas que lo alcanzaron por algunas situaciones que se están viviendo en el país. “Pienso que a la gente hay que darle oportunidad que demuestre lo que puede hacer, somos muy dados de juzgar a priori, pero si no se nos permite demostrar nuestras capacidades o el talento, lo que podemos hacer es un imposible. Darling Guevara es la primera mujer que llega a la UPC elegida. Espero que como mujer lo haga diferente a lo que se ha vivido en los últimos años, y que brille con luz propia la Universidad Popular del Cesar”, refirió Vidal Brito.

RECUSACIONES RESUELTAS

Sobre las recusaciones impuestas por dos candidatos a consejeros del CSU, el secretario General de la UPC, Raúl Gutiérrez, manifestó que desde el punto de vista jurídico la Ley 1437 de 2011, le otorga una característica a todo acto administrativo que es expedido por la autoridad competente y se llama presunción de legalidad.

Esto quiere decir, que el acto administrativo del Acuerdo 036 de 2019 es absolutamente legal. “La carga probatoria de que el acto no es legal, le corresponde a quien le afirma que no es legal, y en este caso corresponderá a las personas que afirman que el acto está viciado, presentar las demanda de nulidad electoral y probar ante el Consejo de Estado tal afirmación”.

Mientras esto no suceda el acto goza de total legalidad. Fue un acto apegado a la normatividad, insistió el funcionario.

Por otra parte, aclaró que dentro del desarrollo de la sesión del CSU los  consejeros tuvieron que resolver unas recusaciones interpuestas en su momento, se le otorgó el trámite que la normatividad vigente indica, es decir la Ley 1437 de 2011, la cual determina que a las personas recusadas se les dará traslado  a la solicitud y en efecto eso se hizo.

Se dio lectura en la sesión sobre las recusaciones, las causales invocadas por el recusante. Cada uno de los consejeros manifestó que no aceptaban tal medida y dieron sus argumentos para negar los cargos por los cuales eran señalados.

Básicamente las tres recusaciones presentadas se fundamentaban en dos causales de la Ley 1437, acerca de las cuales se puede sustentar un impedimento o una recusación, tener un interés directo sobre al asunto a decidir o tener una enemistad o amistad entrañables con algunas de las personas sobre las cuales se va tomar la decisión.

En ambas causales los consejeros manifestaron tajantemente que no la aceptaban, toda vez que no tenían ningún interés directo en el asunto que iban a decidir, y tampoco tenían amistad entrañable con algunos de los candidatos a la rectoría. En efecto, no se aceptó ninguna de las recusaciones para tomar la decisión de proceder a la designación por parte del CSU.