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JEP impone sanción de 6 años Figueroa por falsos positivos en Cesar

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso una sanción alternativa de seis años y tres meses de privación de la libertad al coronel retirado Juan Carlos Figueroa Suárez, por su responsabilidad en 38 asesinatos que fueron reportados falsamente como muertes de integrantes de grupos armados en combate.

Los hechos, asociados al fenómeno conocido como falsos positivos, ocurrieron durante el periodo en que el oficial estuvo al frente de una unidad militar del Batallón La Popa, en Valledupar, entre el 7 de enero de 2004 y el 9 de julio de 2005. Dentro del grupo de víctimas había integrantes de los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo.

Según la información del proceso, el exmilitar aceptó su responsabilidad en 24 hechos, mediante un reconocimiento que se produjo de manera tardía. El trámite, que inicialmente avanzaba por la vía adversarial, pasó a un procedimiento dialógico restaurativo después de que Figueroa Suárez admitiera los hechos y participara en las audiencias realizadas el 27 y 28 de agosto.

La sanción deberá cumplirse en un establecimiento de reclusión especial y no se limita a la privación de la libertad. El fallo contempla 11 obligaciones restaurativas encaminadas a reconocer el daño causado, contribuir al esclarecimiento de la verdad y dignificar la memoria de las personas asesinadas.

Entre los compromisos establecidos se encuentran acciones públicas para restablecer el buen nombre de las víctimas, entregar información que ayude a localizar a personas desaparecidas y desarrollar iniciativas de memoria en los territorios afectados.

Asimismo, la decisión incluye órdenes dirigidas a entidades estatales para impulsar la búsqueda e identificación de desaparecidos, facilitar el acceso a la reparación material, revocar las condecoraciones otorgadas al compareciente por resultados operacionales y realizar un acto público de petición de perdón en nombre de las Fuerzas Militares.

 

FAMILIARES CUESTIONAN LA SANCIÓN

La decisión judicial no satisfizo las expectativas de todos los familiares de las víctimas. Karen Castro, hermana de una de las personas asesinadas, expresó su inconformidad con la pena impuesta y anunció que interpondrá un recurso contra el fallo.

Su posición refleja las diferencias que persisten entre las medidas adoptadas por la justicia transicional y las expectativas de quienes llevan años reclamando respuestas por la muerte de sus seres queridos.

Para la JEP, el reconocimiento de responsabilidad, los aportes a la verdad y el cumplimiento de las medidas restaurativas constituyen elementos centrales de la respuesta judicial frente a estos crímenes. Sin embargo, la efectividad de esas obligaciones dependerá de su ejecución y de los resultados concretos que produzcan para las víctimas y las comunidades afectadas.

La sentencia es la quinta proferida por la Jurisdicción dentro de sus macrocasos y corresponde a la segunda sanción alternativa impuesta tras el reconocimiento tardío de responsabilidad de un máximo responsable. De acuerdo con la entidad, se suma a las 3.618 decisiones con efectos de sentencia emitidas por la JEP.

EL FALLO contempla 11 obligaciones restaurativas encaminadas a reconocer el daño causado, contribuir al esclarecimiento de la verdad y dignificar la memoria de las personas asesinadas.

LA DECISIÓN judicial no satisfizo las expectativas de todos los familiares de las víctimas.