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Corte avala solicitud de datos biométricos para la expedición de pasaportes

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La Corte Constitucional avaló la solicitud de datos biométricos en el trámite de la expedición de pasaportes, al fallar una acción de tutela presentada por una ciudadana que se negaba a cumplir este requisito.

La demandante aseguraba que se trataba de una exigencia innecesaria porque la Registraduría ya cuenta con esa información y la podría suministrar a la Cancillería. Además, argumentó que la exigencia de esa información atentaba contra su intimidad y otros derechos como el hábeas data.

Una sala de decisión de casos de tutela, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, que la presidió, concluyó que esta exigencia no desconoce los derechos fundamentales a la intimidad y al habeas data.

Determinó que la captura de esta información es necesaria para verificar la identidad de quien solicita el documento, previene posibles suplantaciones y preserva la seguridad nacional.

Además, permite cotejar los rasgos físicos de quien acude a que se le expida el pasaporte, sin que exista otro mecanismo menos invasivo para ese fin.

La Sala aclaró que si bien la Registraduría tiene esos datos, es necesario corroborar la identidad de los solicitantes del pasaporte, por lo que es necesario capturar de nuevo los datos biométricos.

Entre la dos entidades no hay un traslado de información biométrica sino una validación o cotejo de la identidad.

La Corte precisó eso sí que la Cancillería conserva de manera indefinida los datos biométricos que recolecta, lo que no tiene una razón constitucional o legal que lo justifique, por lo cual le recordó a la entidad que debe mantener los datos personales de los ciudadanos únicamente por el tiempo que sea necesario para cumplir el propósito para el que los solicitó.

El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto.

/colprensa