Diario del Cesar
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Subsidio de arriendo y 7 medidas clave del gobierno De La Espriella en el decreto de emergencia económica por el terremoto

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El gobierno de Abelardo De La Espriella oficializó la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en 15 departamentos por un periodo de 30 días, para mitigar los impactos del terremoto del 10 de agosto, liberar liquidez y financiar la reconstrucción de las zonas afectadas.

La medida, emitida a través del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), le otorga facultades extraordinarias al presidente para expedir decretos con fuerza de ley, contratar sin los trámites ordinarios de la Ley 80 y reorganizar el presupuesto nacional sin previa autorización del Congreso.

Estas son las ocho medidas centrales adoptadas en el decreto marco:

  1. Uso extraordinario de recursos del FAE y fondos de destinación específica

Para financiar de inmediato la atención del desastre, el Gobierno nacional queda facultado para emplear, a título de préstamo reembolsable, los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) del Sistema General de Regalías. Adicionalmente, se autoriza el uso transitorio de saldos de otros fondos especiales y rentas de destinación específica bajo la misma modalidad de préstamo, siempre que no se pongan en riesgo sus obligaciones originales.

  1. Trámite expedito para operaciones de crédito público

Debido a la urgencia extrema de conseguir recursos frescos, se suspenden y flexibilizan temporalmente los extensos trámites de autorización para operaciones de crédito público externo e interno fijados en la Ley 80 de 1993 y la Ley 185 de 1995. Esto elimina provisionalmente el requisito de obtener conceptos previos del CONPES, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y autorizaciones previas y prolongadas del Ministerio de Hacienda, agilizando el flujo de financiamiento internacional y nacional.

  1. Expansión y flexibilización del modelo ‘Obras por Impuestos’

Se amplía el alcance geográfico de este mecanismo para que aplique en todos los municipios afectados por el sismo. Para acelerar las obras de reconstrucción vial e institucional a cargo de privados, se exime este programa del cupo fiscal específico que aprueba ordinariamente el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) y se abren ventanas extraordinarias para que los contribuyentes vinculen directamente sus obligaciones tributarias a los proyectos prioritarios de la emergencia.

Este mecanismo comenzó a operar en Colombia en 2018 como parte de la firma de los acuerdos de paz de La Habana. Busca aportar al cierre de las brechas socioeconómicas en los municipios foco del conflicto armado y la pobreza.

 

  1. Liquidación exprés de activos en extinción de dominio (SAE/FRISCO)

Se otorga una habilitación legal transitoria a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para que apruebe de manera directa, sin someterse a la rigidez y los tiempos del comité interinstitucional ordinario, la enajenación temprana de bienes decomisados bajo la administración de FRISCO. Los recursos netos obtenidos de estas ventas se destinarán de manera exclusiva y trazable a mitigar la catástrofe. Asimismo, se flexibiliza la entrega masiva de estos predios para albergues o acopio permitiendo amparos y garantías colectivas o estatales en lugar de pólizas de cumplimiento individuales.

  1. Arrendamiento temporal y subsidio de vivienda sin restricciones

Una de las principales medidas, que tendrá impacto directo en el bolsillo de los colombianos, reestructura temporalmente la política de arrendamiento y vivienda para damnificados, removiendo las barreras de las Leyes 3 de 1991 y 2079 de 2021. Estos son los cambios:

  • Adiós a la limitación de «una sola vez»: Las familias podrán recibir el Subsidio Familiar de Vivienda incluso si ya habían sido beneficiarias en el pasado.
  • Eliminación de barreras de acceso: Se suspenden los requisitos de ahorro previo y los procesos ordinarios de postulación voluntaria.
  • Regulación y tope de cánones de arrendamiento: Se faculta la modificación de la norma que restringe los contratos de alquiler a un máximo del 1 % del valor de la vivienda, al tiempo que se decretan medidas para proteger a los hogares damnificados frente a distorsiones y especulaciones de precios en los mercados de alquileres y de materiales de construcción.
  1. Subsidio a las nóminas de micro y pequeñas empresas

Para proteger el empleo formal y evitar la quiebra de pequeños negocios debido a la paralización de la economía local, el decreto crea un mecanismo transitorio para sufragar una porción de los salarios y de los aportes a la seguridad social de los trabajadores en micro y pequeñas empresas de las zonas afectadas. Con esto se busca ofrecer una alternativa financiera directa que mitigue la suspensión o terminación de contratos alegando «fuerza mayor».

  1. Transferencias extraordinarias directas y flexibilización de Prosperidad Social

Se diseñan dos alivios de liquidez inmediata para las familias en condición de vulnerabilidad:

  • Apoyo a independientes: Se autoriza una transferencia económica extraordinaria destinada específicamente a los trabajadores independientes damnificados que perdieron su sustento diario.
  • Garantía de subsidios vigentes: Debido al colapso de infraestructuras de pago y transporte, Prosperidad Social queda autorizada para suspender de manera provisional los requisitos legales de verificación de corresponsabilidades (como supervivencia en adultos mayores, asistencia escolar o controles de salud), de modo que los hogares sigan recibiendo sus aportes mensuales sin bloqueos burocráticos.
  1. Apertura de la banca cooperativa y créditos con tasa subsidiada

Se remueve de forma transitoria la restricción legal de la Ley 79 de 1988 que limita los servicios del sector cooperativo financiero únicamente a sus miembros asociados. De este modo, las cooperativas de ahorro y crédito en las regiones afectadas podrán captar recursos, dar auxilios y otorgar créditos directamente a la población damnificada no asociada. Además, se ordena la creación de líneas de crédito de emergencia para microempresas con tasas de interés subsidiadas y períodos de gracia extraordinarios.

Con esta batería de medidas, la Casa de Nariño busca acortar los tiempos burocráticos de la administración pública en un momento en que los costos de la reconstrucción se calculan en 40 billones de pesos, según un balance preliminar del Departamento Nacional de Planeación (DNP).