La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra cuatro empresas de la industria química por su presunta participación y ejecución de dos acuerdos anticompetitivos que habrían incidido en la conformación de un cartel en el mercado del cloro y la importación, distribución y comercialización de la soda cáustica en el país.
“En el acuerdo relacionado con el mercado del cloro habrían participado Brinsa S.A. y Quimpac de Colombia S.A, únicas compañías productoras de cloro en el país. Cada una de estas compañías cuenta con una planta ubicada geográficamente en Cajicá (Cundinamarca) y en Palmira (Valle del Cauca), respectivamente. Estas dos plantas abastecen la totalidad del mercado nacional de cloro líquido, ácido clorhídrico y mayoritariamente el mercado de hipoclorito de sodio”, explicó la Superintendencia.
Estas dos compañías tenían dos acuerdos en donde habrían acordado la repartición de sus clientes directos, principalmente los operadores de acueductos de distintos municipios del país, en donde concertaban previamente los precios que se le iban a ofrecer a los clientes para que alguna de las dos se quedara con la compra.
Además, también habrían hecho un acuerdo para abstenerse de competir con los distribuidores de los productos en donde se habían comprometido a no ofrecer los mismos a la empresa que tuviera relación con la otra parte.
“La dinámica descrita ocasionaba que los clientes que requerían este producto pagaran un precio más elevado que aquel que podían pagar en el mercado si estas empresas ofrecieran precios resultantes de un escenario de libre competencia. La delegación encontró que con este comportamiento los agentes de mercado involucrados habrían infringido el régimen de protección de la libre competencia económica y, en particular, habrían incurrido en un acuerdo de repartición de mercado prohibido”, indicó el organismo.
Los otros casos de competencia desleal se habrían presentado con unos acuerdos realizados por las compañías Brinsa S.A., Quimpac de Colombia S.A, Mexichem Derivados de Colombia S.A. y Trichem de Colombia S.A.S, relacionados con el mercado de importación, distribución y comercialización de soda cáustica.
“El acuerdo descrito habría constituido un sistema tendiente a limitar la libre competencia económica, pues estaba orientado a que Brinsa, Trichem de Colombia y Quimpac de Colombia aumentaran el margen de ganancia de la soda cáustica que distribuían y comercializaban en el mercado colombiano, en detrimento del bienestar de los consumidores”, explicó la Superintendencia.
En caso de que al finalizar las investigaciones y se compruebe que estas compañías habrían violado las normas de la libre competencia económica se les impondrán unas multas de hasta 82.811 millones de pesos por cada infracción o hasta del 150 % de la utilidad derivada de la conducta restrictiva de la competencia.
Por su parte, a las personas naturales vinculadas con los agentes del mercado que infrinjan esas disposiciones, se les será impuesto una multa de hasta 1.656 millones de pesos.