Diario del Cesar
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Oficina de Trabajo sin respuestas y soluciones para los trabajadores

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Muchos son los trabajadores en el departamento del Cesar que acuden a la Oficina Territorial del Ministerio del Trabajo, con la esperanza que se les resuelva sus problemas laborales, desconociendo que la competencia de este ente es de mediador o conciliador entre las partes, es decir entre el empleado y su empleador y no para dirimir asuntos que son de competencia de los jueces laborales o administrativos.

En Valledupar recientemente se han visto varias protestas y paros en algunos sectores debido al no pago de salarios, despidos injustificados e incumplimiento sobre las condiciones mínimas laborales, provocando que trabajadores se vean presionados a tomar medidas con la pretensión de encontrar solución y garantías a sus derechos laborales.

Los sindicatos reúnen a los trabajadores con el fin natural de defender colectivamente sus intereses, a través de la unión toman mayor fuerza para alcanzar efectividad en sus reclamaciones.

Un caso puntual es el de los 220 trabajadores que pertenecen al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de Alimentos (Sinaltrainal), sindicato conformado por trabajadores de la empresa DPA, que dirige el grupo Nestlé.  Los empleados han presentado quejas, durante mucho tiempo, argumentando que la empresa no está en ánimos de conciliar y que el periodo de acuerdo mutuo, ya finalizó. De hecho, continúan en la espera de la intervención del Ministerio de Trabajo.

“Ya hemos realizado plantones, paros y protestas, y aun los directivos no llegan a un acuerdo de nuestra condiciones laborales y salariales, les estamos solicitando a la empresa nivelación salarial, puesto que somos la empresa con el peor pago de todo el grupo Nestlé”, narró Janner Guerra, dirigente sindical.

Otro caso es el del hospital Rosario Pumarejo de López, que se ha visto, en varias ocasiones, inmerso en una crisis de este tipo con sus trabajadores, producto del no pago de más de seis meses de salarios.

Sindess recoge a los trabajadores del hospital Rosario Pumarejo de López, y ampara la defensa de los derechos de sus afiliados. ´En estos momentos muchos de los trabajadores del hospital están siendo explotados y trabajan sin ningún amparo, sin prestaciones, con salarios denigrantes y algunos hasta sin seguridad social”, expresó Adriana Estrada, presidenta del sindicato del hospital Rosario Pumarejo de López.

Estrada además agregó que, “se han realizado en diferentes ocasiones paros y protestas para solucionar esta problemática, pero ha sido en vano, un ejemplo de esto es que a los trabajadores tercerizados, le están debiendo salarios desde el mes de abril y los trabajadores han acudido a diferentes entes, incluyendo la oficina de trabajo y no se les resuelve nada”.

El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) seccional Cesar, entidad que  ha estado apoyando a  los trabajadores sindicalistas de las diferentes empresas, ha brindado respaldo a las protestas que se han venido generando.

“Apoyamos y defendemos las agremiaciones sindicales que velan por los derechos laborales de los trabajadores en el departamento, además rechazamos todo acto negativo hacia los sindicados, dado que cuando un grupo de empleados van hacer asociación sindical, son despedidos sin justa causa, además estos casos de paros por el no pago y violación a los derechos laborales se han venido presentando en empresas y entes como DPA, Hospital Rosario Pumarejo, Cuerpo de Bomberos de Valledupar, clínica Laura Daniela, Klarens entre otros”, sostuvo, Manuel Ramírez, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores del Cesar.

LA MEDIACIÓN

“Como abogados siempre debemos aclararle a los empleados que se quejan de las condiciones laborales, que el ministerio de Trabajo es una institución  gubernamental que no tiene obligación de decirle al empleador que pague, o que mejore sus salarios, pero si le da a cada caso supervisión y vigilancia, mediante un convenio que se define entre empleador y empleado, si esta institución no le dan solución al problema, pasara a un juez laboral o un tribunal de arbitramento, quienes si están en la obligación de solucionar y dar parte a favor o en contra de la situación”,  explicó Andrés Felipe Maestre, abogado especialista en Derecho Laboral.

Lo sustentado por Maestre se encuentra consignado en el Artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo: “En ningún evento la Oficina de Trabajo se activa y desarrolla para “declarar derechos individuales ni definir controversias cuya decisión esté atribuida a los jueces”.

Por consiguiente en todos los casos, las conciliaciones como los conceptos del Inspector de la Oficina de Trabajo no pueden ordenar el reconocimiento y pago de prestaciones sociales.  Este espacio sirve como un primer paso, una asesoría o como un elemento que puede ser aportado en caso de una demanda ante juzgado. Es decir que no es garantía para un empleado llevar a su empleador a la Oficina de Trabajo, debido a que solo es un ente de supervisión y vigilancia, pero una demanda ante un juzgado laboral si daría el efecto pretendido a la problemática que presente el trabajador.

Por: ANNY VEGA ZULETA