POR JOSÉ ALEJANDRO MARTÍNEZ VEGA
Cinco años, un mes y 16 días de prisión fue la pena impuesta por la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia al actual gobernador de Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco, por el delito de corrupción al sufragante durante las elecciones de octubre de 2011.
Así lo dio a conocer ayer el alto tribunal, en audiencia de lectura del fallo de primera instancia, luego de acoger los argumentos aportados por la Fiscalía General de la Nación.
En la misma providencia, la Corte condenó a Monsalvo a pagar una multa de 301 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la comisión del ilícito (unos 161 millones de pesos, aproximadamente). También impuso la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por igual término de la prisión.
SEPARADO DEL CARGO
En la misma resolución, la Corte declaró que procede la inhabilidad sobreviniente contenida en el artículo 30, numeral 10 de la Ley 617 de 2OOO, para el ejercicio del cargo de Gobernador del Cesar, la cual señala: “Quien haya sido condenado en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad (…), excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura de congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal; o excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para el ejercicio de funciones públicas”.
Aunado a lo anterior, la Corte expresó que, para dar cumplimiento a la sanción impuesta, se solicitará al Presidente de la República, Iván Duque Márquez, suspender en el ejercicio del cargo de Gobernador del Departamento de Cesar a Monsalvo Gnecco, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 359 de la Ley 600 de 2OOO.
CASA POR CÁRCEL
En la misma parte resolutiva, la Corte negó al sentenciado la suspensión condicional de la ejecución de la pena; no obstante, decidió concederle a Monsalvo Gnecco la prisión domiciliaria prevista en el artículo 38 y 38B del Código Penal, de acuerdo con lo considerado en la parte motiva.
En este punto, el togado consideró que se cumplían los requisitos para otorgar la casa por cárcel ya que: la conducta punible por la que se procede tiene prevista una pena mínima de 48 meses, es decir, inferior a 8 años de prisión; la corrupción al sufragante no hace parte del catálogo de delitos excluidos por el articulo 68 A del estatuto sustantivo; el arraigo del procesado está suficientemente acreditado con las respectivas estipulaciones en las que se detallan sus datos de identificación, ocupación y residencia; además acreditó Monsalvo Gnecco que ha realizado negocios civiles en Valledupar; y, por último, el procesado no ha sido condenado por delitos dolosos dentro de los 5 años anteriores (art. 68 A del Código Pena1), según lo reconoció la Fiscalía desde el escrito de acusación.
Monsalvo deberá suscribir acta de compromiso en la que se obligue a cumplir las obligaciones consagradas en el artículo 38 B del Código Penal, la cual habrá de garantizar mediante caución equivalente a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), suma que se fija en atención a su capacidad económica y la naturaleza del delito cometido.
Durante la investigación, un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia demostró que, como candidato a la gobernación del departamento para el periodo 2012 – 2015, Monsalvo Gnecco firmó pactos con los representantes de los sectores de invasióìn Tierra Prometida, Guasimales y Emmanuel, en Valledupar, con el compromiso de mantenerles la situación de ilegalidad a cambio de votos.
“Es evidente la gravedad del daño causado al bien jurídico con la conducta punible, los mecanismos de participación democrática, pues al condicionar el voto no solo privoì de la libertad a los electores sino que obtuvo ventaja ilícita sobre sus contrincantes en la aspiración a la Gobernación del Departamento del Cesar”, precisoì la Corte en su sentencia.
De acuerdo con la sentencia proferida, el tribunal determinó que el pacto suscrito entre el hoy condenado y un grupo de habitantes de la invasión Tierra Prometida fue ilícito ya que con dicho compromiso se “aprovechó de la condición de vulnerabilidad de estas personas y corrompió su voluntad para sufragar”.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, “la conducta punible se presentó en Valledupar entre agosto y octubre de 2011 durante la campaña electoral, que tenía como finalidad elegir al Gobernador del Cesar para el periodo 2012-2015”.
La Corte también acogió la solicitud de Procuraduría y Fiscalía de separar inmediatamente del cargo como gobernador a Monsalvo Gnecco “con el fin de preservar la función pública”.
Monsalvo, como ya lo había anunciado a través de un comunicado, apeló el fallo de primera instancia por lo que este no quedará en firme hasta que se resuelva la segunda instancia, por la misma Corte.