Buscan tumbar elecciones de ediles de la Comuna 5
POR:
EDUARDO
MOSCOTE SIERRA
Tres meses después de las elecciones regionales 2019 y, dos, de la entrega de resultados oficiales sobre alcaldes, gobernadores, diputados, concejales, ediles electos; se conoció una nueva demanda de nulidad electoral.
En esta ocasión el mecanismo de participación con radicado 20-001-23-33-000-2020-00011-00 está dirigido contra la elección de siete ediles de la comuna cinco de Valledupar por motivo de incumplimiento en la Ley 581 de 2000 “Cuota de género” que obliga a que un 30% de los altos cargos públicos deben ser ejercidos por mujeres.
La demanda promovida por Iván Felipe Rojas Flórez, fue admitida por el Tribunal Administrativo del Cesar mediante el oficio GJ 00107 bajo el tema de nulidad electoral; la notificación fue respaldada por el Artículo 277 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La solicitud fue dirigida a revocar las elecciones de Jhon James Castilla Rocha, Jhovany Fernández Martínez, María Angélica Quiroz, César Ahumada, Edward Vásquez Stevenson, Andrea Mercado Castillejo y Miller Guerrero Ferrer, ediles para el periodo 2020 – 2023.
La notificación también obliga a ser presentada al Registrado Nacional del Estado Civil “por expedir el acto demandado, al Ministerio Publico y al Presidente de la Junta Local de la comuna cinco de Valledupar”.
NO HAY NOTIFICACIÓN FORMAL
Cesar Ahumada, uno de los ediles de la comuna cinco denunciados, explica que, aunque desde el Palacio de Justicia llamaron a informarles que se adelanta una demanda contra los líderes comunales, no han recibido de manera tangible el documento.
Aunque tuvieron conocimiento de los motivos (falta de cuota de género), dice que se encuentran tranquilos, pues cumplen con el 30% de participación exigida para salir electos en las pasadas contiendas electorales.
No obstante, afirmó: “Nos hemos acercado a la Personería del Pueblo en Valledupar ya que el Partido de la U rechazó colaborarnos con abogados”.
¿QUÉ ES LA CUOTA DE GÉNERO?
La Ley de cuotas es el nombre que recibe la ley 581 de 2000 de Colombia, que obliga a que un 30% de los altos cargos públicos sean ejercidos por mujeres tanto a nivel nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal.
Según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Undp), incumplir esta norma es considerada causal de mala conducta sancionada hasta con treinta días de suspensión en el ejercicio del cargo y la destitución en caso de persistencia. El acceso a los cargos se hace por medio de ternas en las cuales debe haber como mínimo una mujer.
No obstante, se exceptúan la carrera judicial, administrativa u otras en las que el ingreso y promoción son exclusivamente con méritos. No obstante, los jurados que hacen la calificación en los concursos de carrera también deben ser integrados, en su mitad, por mujeres.