La exalcaldesa de Becerril, Yanci Bueno Contreras, recibió su cuarta condena por los cinco procesos que adelanta la Fiscalía contra la administración pública.
El Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento decidió enviar al centro penitenciario delCircuito Judicial de Valledupar, a la exmandataria del municipio de Becerril, Yanci Bueno Contreras, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales por el convenio firmado entre la exalcaldesa y Luis Carlos Sandoval, representante legal de Asopluplátanos, en el año 2008.
El despacho judicial que condenó a Bueno Contreras a 64 meses de prisiónindicando: “Que se lleve a cabo el traslado de la señora Yanci Bueno a la penitenciaria con el fin de que se dé cumplimiento a la sentencia dictada”.
El convenio por el cual se desarrolló la investigación se firmó el 30 de septiembre del 2008. “El municipio de Becerril acogió la propuesta para llevar a cabo un proceso productivo de siembra de 15 hectáreas de plátano a favor de los campesinos desplazados asociados a través de Asopluplátanos, con un aporte de 60 millones de pesos por parte del municipio y 15 millones por parte de los asociados representados en la tierra que dejaban a disposición para la debida siembra, la Fiscalía encuentra tipificado el delito en la celebración de contrato y celebración de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales”, narró el togado en el desarrollo de la diligencia.
La decisión que mantendrá a Bueno Contreras cinco años y tres meses en prisión, es la cuarta condena que emite el juez segundo de conocimiento de Valledupar, en contra de esta, puesto que en el despacho se adelantan cinco procesos en contra de la exmandataria de los becerrileros.
No obstante, en la misma vista pública esta fue absuelta del delito de interés indebido en la celebración de contrato que fue endilgado por el ente acusador por el mismo proceso. “Absolver a la acusada, Yanci Bueno Contreras el delito interés indebido en la celebración de contrato, toda vez que no hay pruebas de interés indebido en la celebración de contrato (…) Celebró el contrato desconociendo los principios generales que exige la contratación pública, que da lugar al delito de celebración de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales”, especificó la juez.