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Iglesia católica rechaza regulación del aborto que respalda el gobierno

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La Conferencia Episcopal de Colombia rechazó el proyecto del Ministerio de Salud con el que se reglamentaría el aborto en el país. Entre sus argumentos, la Conferencia Episcopal señala que la sentencia de la Corte Constitucional indica que el Congreso debe legislar una normativa sobre el aborto y que la entidad no lo ha hecho.

La iglesia agrega que el Ministerio de Salud no está facultado para reglamentar el aborto sin la existencia de una ley previa y que actualmente solo hay 3 casos en los que no se castiga el aborto en Colombia, por lo que reglamentarlo sería convertir un delito penal en un derecho constitucional.

A través de la Comisión Episcopal de Vida, en cabeza de su presidente monseñor Juan Vicente Córdoba, la iglesia manifestó la cartera de salud olvida que no cuenta con facultades para reglamentar una sentencia de la Corte sin que exista una ley que deba ser reglamentada.

 “En esta ocasión el Ministerio de Salud justifica su actuar en el cumplimiento de la sentencia SU 096 de 2018 de la Corte Constitucional, que le reitera la orden de reglamentar el aborto. Sin embargo, olvida el Ministerio que en la misma sentencia se ordenó al congreso legislar el asunto y que dicho cuerpo se ha abstenido valientemente de hacerlo”, manifestó la iglesia.

Según la iglesia, “es imposible legal y lógicamente pretender que una resolución del Ministerio de Salud le dé el carácter de derecho fundamental a un delito penal. Aún si la Corte Constitucional así lo afirma de manera irregular”.

Frente al proyecto, la iglesia manifestó que “pretende restringir el derecho a la objeción de conciencia de profesionales e instituciones cuyos objetivos y principios prefieren la conservación de las dos vidas antes que la muerte del indefenso”.

Ante esto, “los Obispos de Colombia, representados en la Comisión Episcopal de Vida, hacemos propias las palabras del Santo Padre Francisco y nos oponemos a la expedición de la mencionada circular”.

El Ministerio de Salud y Protección Social publicó el borrador para recibir comentarios de la ciudadanía sobre la resolución que regularía la Interrupción Voluntaria del Embarazo-IVE. En el documento se recuerdan las causales por las cuales se despenaliza de manera excepcional el aborto:

Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico.

Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico.

Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentida, o de incesto.

El borrador de resolución también garantiza la atención de la IVE en el sistema de seguridad social en salud, señala las obligaciones de aseguradores y establece sanciones a quienes pongan bloqueos en el proceso para el acceso a la IVE.

Si bien el 24 de abril la Corte ordenó a MinSalud emitir la regulación hoy, bajo este documento también se solicita ampliar por 60 días el plazo para expedir la regulación. En este tiempo se estudiarán y responderán los comentarios al borrador y se modificará de ser necesario./Colprensa