Diario del Cesar
Defiende la región

Comunidades étnicas pueden producir bebidas ancestrales

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El procurador Fernando Carrillo, por medio de una misiva enviada a la Corte Constitucional, estimó pertinente solicitar que se declare exequible la expresiones “cabildos indígenas”, que reposa en uno de los artículos de la Ley 1816 de 2016, que establece que las comunidades indígenas legalmente constituidas pueden producir sus bebidas alcohólicas tradicionales y ancestrales.

Lo que dice el jefe del Ministerio Público es que “el legislador (Congreso de la República), incurrió en una omisión legislativa relativa, porque no incluyó en el parágrafo del artículo 7 de la Ley 1816 de 2016, a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en la autorización para seguir produciendo bebidas alcohólicas tradicionales y ancestrales para su propio consumo”.

Si bien, para Carrillo Flórez se incurrió en una omisión, el legislador autorizó continuar con la producción de bebidas alcohólicas, dado que esto es aplicable para las comunidades negras afrocolombianas, raizales y palenqueras.

La puja se registró por una demanda que estudia la Sala Plena de la Corte Constitucional, que fue interpuesta por Audrey Karina Mena y Juan Sebastián Cárdenas, quienes criticaron la norma debido a que, a su juicio, está desconociendo el derecho y la protección de otras comunidades étnicas que también producen bebidas alcohólicas, dado a sus tradiciones ancestrales.