Diario del Cesar
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Aliste su bolsillo para ´la clavada´ adicional en el recibo de energía

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Un nuevo incremento en las tarifas del servicio de luz los sentirá en su bolsillo cuando reciba la próxima factura de energía. Y todo por cuenta del  monumental robo que hicieron los españoles en la empresa Electricaribe, robo descarado cometido en las narices del propio Estado colombiano que ahora pagaremos todos los contribuyentes.

Durante muchos años, el Estado a través de algunos de sus órganos de control se hicieron la ´Shakira´, sordos, ciegos y mudos ante los desmanes que los entonces dueños de Electricaribe perpetraban contra la empresa. Fue así como se robaban los recursos que giraba la Nación para fondos específicos como el Prone, cuya plata debía ir directamente a los usuarios de los estratos mas bajos de la población. Nunca lo hicieron. Triangulaban la plata y la sacaba al exterior vía tercerización de servicios. En ese orden sacaron casi un billón de pesos. A última hora fue la Contraloría comandada por Edgardo Maya Villazón la que se dio cuenta y advirtió las irregularidades. Ya era demasiado tarde.

Ahora, mediante un supuesto Plan de Salvamento que se inventaron el Gobierno seguido por un grupo de congresistas, se inventaron ´clavar´ mas a los usuarios para darle oxígeno a Electricaribe y evitar un apagón en el Caribe colombiano.

 EL COBRO

La Superintendencia de Servicios Públicos reglamentó el cobro de la sobretasa de 4 pesos por cada kilovatio hora (kWh) consumido en hogares colombianos de estratos 4, 5 y 6 (incluye comerciales, industriales y no regulados).

La medida fue aprobada en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), como salvavidas financiero para las deudas de Electricaribe, empresa que presta los servicios de energía en la costa Caribe, intervenida en la actualidad, pero que se espera sean operados por otra compañía a finales de este año. Con esta iniciativa el Gobierno pretende recaudar cerca de 160.000 millones anuales.

Por cada 100 kWh son 400 pesos. Un hogar de alto consumo gasta entre 200 y 250 kWh al mes, así que el impacto sería de 1.000 pesos; es decir, menos del 1 % del costo de la energía total, según los cálculos del Ministerio de Hacienda.

 “Ese tipo de medidas obliga a que los consumos se depriman y al reprimir los consumos de hogares de estrato alto, habrá menos recursos para atender subsidios de estratos 1, 2 y 3”, señaló Javier Gaviria, presidente de la Asociación de Ligas de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios.

COBRO RETROACTIVO

La Resolución emitida por la Superservicios especifica que el recaudo se realizará a partir de la expedición de la norma que reglamenta el cobro. No obstante, la sobretasa será exigible a partir de los períodos de facturación que inicien posterior a la entrada en vigencia de la Ley 1955 de 2019 (PND), la cual se expidió el pasado 25 de mayo.

¿Esto qué quiere decir? Que en su próxima factura es probable que le llegue una parte del cobro con retroactividad de la sobretasa que aplica desde finales de mayo, fecha en la que se aprobó la Ley 1955.

“Hay un periodo de transición entre el 25 de mayo y el 31 de octubre hay varios ciclos de facturación que no se han venido cobrando. Esos ciclos que hubo se van a ir compensando mes a mes. No se van a cobrar de una vez”, recalcó la superintendente de Servicios Públicos, Natasha Avendaño.

Teniendo como base el escenario que planteó Minhacienda, de un hogar de alto consumo (200-250 kWh por mes), el cobro adicional en la factura que le llegará en octubre será alrededor de 4.000 pesos.

Dicha sobretasa será recaudada por los agentes que desarrollen las actividades de comercialización del servicio y girada de manera bimestral al patrimonio autónomo del Fondo Empresarial de la Superservicios, con reporte al Sistema Único de Información (Sui). El primer giro se realizará en febrero de 2020 y va a incluir la recuperación de los ciclos que aún no se han cobrado.

“Este Fondo presta apoyo financiero a las empresas sobre las cuales se encuentre vigente una orden de posesión para salvaguardar la prestación de los servicios públicos domiciliarios”, señala la Resolución.

Las empresas prestadoras del servicio de energía deberán discriminar en la factura el concepto por este cobro: en una parte el consumo y en otra, la sobretasa.