Definido fallo sobre la cinta ‘La Ciénaga, entre el mar y la tierra’
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, a través de la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales, emitió sentencia dentro del proceso civil por Derecho de Autor, promovido por el señor Carlos Eduardo Castillo Hernández contra el señor Manolo Cruz Urrego por la presunta infracción a su derecho moral de paternidad sobre la obra cinematográfica ‘La Ciénaga, entre el mar y la tierra’.
En la sentencia se declaró que los señores Carlos Eduardo Castillo Hernández y Manolo Cruz Urrego son coautores en calidad de directores de la obra cinematográfica en mención, así como se probó que el señor Castillo infringió el derecho moral de paternidad del señor Cruz como codirector de dicha obra audiovisual.
Como parte del fallo, el señor Castillo deberá aclarar en diferentes medios de comunicación (radio, televisión, prensa y redes sociales) que los autores y directores de la obra cinematográfica ‘La ciénaga entre el mar y la tierra’, son los señores Carlos Castillo y Manolo Cruz, igualmente deberá hacer esta claridad cada que haga referencia a la dirección de esta película.
En la sentencia también se abordaron temas relacionados con el rol del director y del productor dentro de la obra audiovisual y sus diferentes particularidades en la normatividad colombiana.
En el mismo sentido, a partir de la doctrina, se delimitó el concepto de director, el cual no cuenta con una definición legal como ocurre en el caso del productor.
Sobre el director, también se precisó la naturaleza de tal, a la luz de la Ley 23 de 1982, como un papel transversal en la realización de una obra audiovisual y su conexión con el derecho moral de integridad.
Por otra parte, el fallo abordó las cuestiones relacionadas con la naturaleza de las decisiones que son tomadas por el director o el productor y la relación de tales con la naturaleza de la producción audiovisual.
En la decisión, el juez acogió la pretensión principal elevada por el demandado relacionada con la existencia de una codirección, pues se probó que el señor Cruz efectivamente tuvo una labor transversal a través de las diferentes etapas del filme, incidiendo de forma determinante en su configuración final, por otro lado, el accionante no logró desvirtuar tales hechos ni la presunción que resulta de la información consagrada en el registro realizado en el registro nacional de derecho de autor, en el cual figuraban dos directores para la obra cinematográfica objeto de debate.
Ya definido este pleito judicial, la película podrá ser estrenada en las salas de cine colombianas.