Diario del Cesar
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Corte Constitucional mantiene restricción al uso de glifosato

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La Corte Constitucional decidió mantener la restricción al uso del glifosato en el país,dando algunas claridades sobre las condiciones que ya había impuesto y que debe tener en cuenta el Consejo Nacional de Estupefacientes antes de decidir asperjar con el químico.

La Corte, en la parte resolutiva, señala requirió a las autoridades designadas por el Consejo Nacional de Estupefacientes para que continúen y concluyan a la mayor brevedad posible el procedimiento de consulta con las comunidades étnicas y el Consejo Comunitario Mayor de Nóvita (Chocó).

De igual manera, dice la Corte, “requerir a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que supervisen, de manera conjunta, el cumplimiento de lo dispuesto en el ordinal segundo de la parte resolutiva de la Sentencia T-236 de 2017”.

De igual manera, el documento señala que la verificación del cumplimiento de lo aquí dispuesto continuará a cargo del juez de primera instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.

La Corte reitera que “para la reanudación del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG), suspendido mediante las Resoluciones 006 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes y 1214 de 2015 de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), deberán cumplirse los requisitos previstos en el ordinal cuarto de la parte resolutiva de la Sentencia T-236 de 2017, con las precisiones de este auto”.

Además debe cumplir con la evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente. “En consecuencia, al momento de decidir acerca de la reanudación del PECIG, el Consejo Nacional de Estupefacientes deberá considerar y ponderar toda la evidencia científica y técnica disponible en lo que se refiere, por un lado, a la minimización de los riesgos para la salud y el medio ambiente, y, por otro, a la solución al problema de las drogas ilícitas, conforme a los instrumentos de política pública”.

Finalmente, la Corte señala que la decisión deberá tomarse dentro del marco de la política pública que se deriva del Punto Cuarto del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Consecución de una Paz Estable y Duradera, en los términos del Acto Legislativo 2 de 2017, del Decreto Ley 896 de 2017 y demás instrumentos de implementación y desarrollo.

El origen del debate

En abril de 2017, la Corte Constitucional expidió la sentencia de revisión de tutela T-236, en el que prohibe que “se retome el uso del glifosato en el programa de erradicación de cultivos ilícitos en forma de aspersión aérea.

En la tutela, las comunidades del municipio de Nóvita, Chocó, reclamaban su derecho a ser consultadas sobre los programas de aspersión de cultivos a realizarse en su territorio y argumentaban que debido a las condiciones geográficas y climáticas, el herbicida que era asperjado en avionetas termina cayendo sobre las plantaciones de hortalizas de los campesinos y no sobre las matas de coca, lo que desencadenaba una serie de perjuicios.

En esa decisión, la Corte ordenó al Consejo Nacional de Estupefacientes “no reanudar el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato”, salvo que haya diseñado y puesto en marcha un plan de regulación que, entre otras características, se derive de una evaluación del riesgo para la salud y el medio ambiente, en el marco de un proceso participativo que incluya a la ciudadanía.

Además, a criterio de la Corte, la ley deberá delegar en varias entidades la capacidad de expedir alertas sobre nuevos riesgos por el uso de glifosato, entre ellas, entidades nacionales y territoriales del sector salud, autoridades ambientales y entidades adscritas al Ministerio Público.

La controversia

Pero una de las primeras solicitudes de Iván Duque a la Corte Constitucional, a su llegada a la Presidencia de la República, fue la de “modular” la sentencia. Esto es, que se permitiera su uso en casos excepcionales que comprometan la seguridad nacional, como es el caso de los cultivos ilícitos.

Por eso, para analizar los argumentos de quienes se han mostrado a favor y en contra de la fumigación con el herbicida, la Corte hizo una audiencia pública el pasado 7 de marzo. Allí se enfrentaron cara a cara el presidente Duque y su predecesor, Juan Manuel Santos, por sus visiones diametralmente opuestas al respecto.

Por un lado, el Gobierno señaló que entre 2013 y 2018 “prácticamente se quintuplicaron los cultivos en el país” y que “entre los años 1999 y 2012 Colombia había representado internacionalmente la más rápida reducción de cultivos, al pasar de 180 mil a menos de 60 mil hectáreas”. Durante su intervención, Duque hizo un llamado a la modulación de la sentencia “para que podamos usar todas las herramientas en la erradicación y enfrentar las graves afectaciones a la seguridad nacional”.

Mientras que a su turno, Santos aseguró que el regreso del glifosato sería un error, un riesgo para la salud de las personas y el medio ambiente. En ese argumento lo secundó el exministro de Salud, Alejandro Gaviria, quien enfatizó en “la obligación que tiene el Estado de abstenerse de afectar directa o indirectamente el disfrute del derecho fundamental a la salud de sus ciudadanos”.

En días posteriores, la controversia pública continuó entre quienes se mostraron a favor o en contra del regreso del programa de aspersión. Uno de los momentos anecdóticos llegó por cuenta de la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez, quien al referirse sobre los graves daños a la salud que han alertado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Declaración de Wingspread y el Instituto Federal para la Evaluación de Riesgos de Alemania, declaró que “si usted se toma 500 vasos de agua al día, le aseguro que también se enferma”.

La postura de la vicepresidenta y, en general, del Gobierno, recibió duras críticas. El gobernador de Nariño, Camilo Romero, señaló durante un Taller Construyendo País que realizó la Presidencia en ese departamento que “El glifosato no es solución. Aquí ya asperjaron 3.700.000 litros en una década (2005-2014) y aumentaron los cultivos, de 13.875 a 17.285 hectáreas”.

Con la decisión de este jueves, la Corte terminó por zanjar definitivamente esas diferencias.

El Colombiano