La ley de sometimiento, identificada como Ley 2640 del 4 de noviembre de 2026, establece las condiciones jurídicas para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales puedan someterse a la Constitución y la ley, entregar sus armas y avanzar hacia el tránsito a la legalidad.
La normativa, que modifica y adiciona disposiciones de la Ley 418 de 1997, contempla un tratamiento penal diferenciado, beneficios judiciales y programas de reincorporación, siempre que los integrantes de estos grupos cumplan compromisos verificables con el Estado y contribuyan a garantizar los derechos de las víctimas.
¿Cuál es el objetivo de la ley de sometimiento?
El propósito central de la legislación es proporcionar herramientas al Estado colombiano para restablecer el orden público, proteger a la población civil, desmantelar estructuras armadas ilegales y promover una transformación territorial integral.
La ley contempla que el sometimiento puede realizarse de manera individual o colectiva. En los procesos colectivos se establecen dos etapas: una administrativa, bajo responsabilidad del Gobierno , y otra de judicialización, a cargo de las autoridades judiciales. Durante el procedimiento se deberá identificar la estructura criminal, sus integrantes, mandos, zonas de influencia, armamento, redes de apoyo, financiadores y economías ilícitas.
¿Cómo funcionará el proceso de sometimiento a la justicia?
En la primera fase, el Gobierno recibirá la solicitud de sometimiento y establecerá una hoja de ruta con las condiciones que deberá cumplir la organización. Entre los compromisos se encuentran la entrega de armas, municiones y explosivos, la identificación de bienes obtenidos mediante actividades ilegales, la entrega de personas secuestradas, la información sobre desaparecidos y la ubicación de zonas contaminadas con minas antipersonal.
Esta etapa administrativa tendrá una duración máxima de tres meses, con posibilidad de una única prórroga por el mismo periodo, siempre que exista una justificación. Una vez suscrita el acta de sometimiento, el proceso pasará a manos de las autoridades judiciales, que tendrán la responsabilidad de establecer las responsabilidades penales individuales, evaluar los aportes a la verdad y determinar los beneficios que correspondan.
La legislación también establece que los acercamientos y actos preparatorios no suspenden las facultades de la fuerza pública ni las funciones de investigación de la Fiscalía. Asimismo, la interlocución con estas organizaciones no representa un reconocimiento de estatus político.
¿Qué beneficios penales contempla la ley de sometimiento?
Uno de los puntos centrales de la normativa es el tratamiento penal diferenciado. La ley contempla una reducción de hasta el 50 % de la pena acumulada, dependiendo de los aportes a la verdad, la reparación de las víctimas y las contribuciones verificables al desmantelamiento de la organización. Para quienes hayan ejercido funciones de mando y liderazgo dentro de estas estructuras, la reducción será del 30 %.
Otro mecanismo es la libertad condicional, que podrá solicitarse después de cumplir las cuatro quintas partes de la pena, siempre que se acrediten los compromisos y exista una valoración favorable sobre el comportamiento del condenado.
Las personas que hayan ejercido funciones de mando deberán cumplir una pena mínima de diez años de privación efectiva de la libertad. Esta misma restricción se aplica a quienes hayan tenido un papel determinante en el reclutamiento de menores de edad. Además, quienes hayan sido condenados mediante sentencia en firme por reclutamiento ilícito o utilización de menores en delitos no podrán acceder al tratamiento penal diferenciado.
Verdad, reparación y compromisos con las víctimas
Los beneficios judiciales no serán automáticos. Para acceder a ellos, los integrantes de las organizaciones deberán reconocer su responsabilidad, entregar información exhaustiva y verificable sobre los delitos cometidos, abstenerse de realizar nuevas conductas criminales y contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas.
También deberán identificar y entregar los bienes y activos obtenidos mediante actividades ilícitas, incluidos aquellos que estén en poder de terceros o bajo su control. La información tendrá que permitir conocer las fuentes de financiación, rutas, redes de apoyo y demás mecanismos utilizados por las estructuras criminales.
REINCORPORACIÓN DE LOS SOMETIDOS
La normativa crea los Programas de Tránsito a la Legalidad, mediante los cuales el Gobierno podrá ofrecer beneficios sociales y económicos a quienes cumplan las condiciones establecidas. Estos programas contemplan formación para el trabajo, acceso a educación superior, acompañamiento psicológico y oportunidades de vinculación laboral.
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) tendrá a su cargo el diseño, ejecución y evaluación de estos programas, en coordinación con entidades como los ministerios de Trabajo y Educación y el SENA.
Protección especial para víctimas de violencia sexual y menores de edad
La ley establece garantías específicas para las víctimas de violencia basada en género y violencia sexual. Entre ellas se encuentran el respeto por su intimidad, privacidad y confidencialidad, el acompañamiento psicosocial y la protección frente a la revictimización.
También contempla medidas especiales para niños, niñas y adolescentes que hayan sido reclutados, utilizados o vinculados a las estructuras armadas ilegales. Estos menores serán reconocidos como víctimas y deberán recibir atención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), con medidas de restablecimiento de derechos, acompañamiento psicológico y continuidad educativa.
VIGENCIA DE LA LEY DE SOMETIMIENTO
La Ley 2640 de 2026 establece una vigencia de cuatro años a partir de su publicación. Durante ese periodo, el Ministerio de Justicia deberá realizar seguimiento a su implementación y presentar anualmente al Congreso un informe público sobre los avances, resultados y dificultades.