Diario del Cesar
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Demandan nombramiento de María Rocío Cortés Vargas como superintendente de Industria y Comercio

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Vuelve y juega. En el Gobierno pasado, el Consejo de Estado anuló el nombramiento de la entonces superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, y en este Gobierno podría pasar lo mismo con la recién nombrada superintendente María Rocío Cortés Vargas.

Caracol Radio conoció que fue demandado su nombramiento ante el Consejo de Estado por dudas sobre su experiencia relacionada a este cargo.

El demandante asegura que es obligación demostrar la experiencia profesional relacionada prevista por la alternativa aplicada, y que en este caso no se puede constatar que su extensa trayectoria profesional, de más de 24 años, esté relacionada con las funciones de la SIC.

La norma exige que tenga título profesional, título de postgrado en la modalidad de maestría y setenta y dos (72) meses de experiencia profesional relacionada o título de postgrado en la modalidad de especialización y ochenta y cuatro (84) meses de experiencia profesional relacionada.

En su caso, ella es abogada y cuenta con especializaciones en Derecho Público y Ciencias Penales y Criminológicas.

Dentro de su trayectoria se mencionan cargos o actividades desarrolladas en la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y entidades de carácter territorial.

También, se han identificado públicamente, entre otros, desempeños como directora seccional administrativa y financiera de la Fiscalía; directora seccional de Fiscalías; fiscal delegada ante Tribunal; procuradora judicial en materia penal; magistrada y magistrada auxiliar; y posiciones jurídicas y directivas en organismos electorales.

Por tanto, el demandante afirmó que “estos antecedentes permiten constatar una trayectoria profesional extensa. No permiten, sin embargo, determinar automáticamente cuántos meses de esa trayectoria fueron considerados por la autoridad nominadora como experiencia profesional relacionada y mediante qué comparación funcional se arribó a esa conclusión. La controversia no surge, entonces, de desconocer la existencia de experiencia. Surge de la necesidad de establecer su calificación jurídica frente al requisito específico exigido por el ordenamiento”.

El cambio de requisitos del Gobierno pasado

Hay que recordar que el Decreto 226 de 2026, expedido por el Gobierno Petro, flexibilizó aspectos del régimen inmediatamente anterior, pero no convirtió el acceso a los cargos de superintendente en una escogencia carente de requisitos técnicos.

En ese decreto se bajaron los requisitos para estar en el cargo.

“Al contrario, la propia motivación de la reforma ratificó que la idoneidad y la experiencia continúan constituyendo límites normativos de la potestad nominadora”, aseguró el demandante .

/CARACOL RADIO