La Procuraduría General de la Nación dio este viernes una alerta muy grave: a partir del 21 de junio de 2026, Colombia podría quedarse sin reglas para castigar las trampas en las aduanas. Esto pasa porque la Corte Constitucional anuló las leyes que se estaban usando y le dio al Congreso como fecha límite el 20 de junio para crear unas nuevas. Quedan menos de 65 días y los congresistas todavía no han hecho su tarea.
La advertencia la formuló la Procuraduría Delegada Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública y tuvo como telón de fondo la Sentencia C-072 de 2025, proferida el 27 de febrero de 2025 por la Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, que declaró inexequibles el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 y, por consecuencia, el Decreto Ley 920 de 2023, que era el cuerpo normativo que en ese momento regulaba las infracciones aduaneras, el decomiso de mercancías y el procedimiento aplicable ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
El artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 —la reforma tributaria del gobierno Petro— había revestido al presidente de la República de facultades extraordinarias por seis meses para expedir un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable a seguir por la DIAN.
En ejercicio de esas facultades, el ejecutivo expidió el Decreto Ley 920 de 2023, un cuerpo normativo de 155 artículos que regulaba de manera sistemática e integral las infracciones aduaneras, las sanciones, el decomiso y el procedimiento administrativo correspondiente.
¿Por qué anularon esa ley? Resulta que, durante la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, se aprobó un artículo que le daba un permiso especial al presidente. Ese permiso le permitía crear él mismo, durante seis meses, las nuevas reglas para las aduanas. Usando ese poder, el Gobierno hizo un manual larguísimo de 155 artículos que explicaba todos los castigos y procesos de la DIAN.
Pero la Corte Constitucional dijo que eso fue un error. Las leyes colombianas dicen claramente que el Congreso no puede darle poderes al jefe de Estado para que cree «códigos» (que son leyes gigantes y completas sobre un solo tema). Como ese manual que hizo el primer mandatario funcionaba exactamente igual que un código enorme, los jueces dijeron que era ilegal. Por eso, anularon tanto el permiso que le dieron al presidente Petro como el manual que él escribió.
Esta no es la primera vez que pasa. Desde el año 2021, la Corte ya le había ordenado al Congreso que hiciera esta ley de aduanas. Pero los congresistas no cumplieron con la orden. En lugar de sentarse a hacer su trabajo, prefirieron pasarle la pelota al Presidente para que él lo hiciera. La Corte les recordó que esa tarea es exclusiva del Congreso y no se la pueden delegar a nadie más.
Aunque en el pasado sí se ha permitido que el jefe de Estado haga cambios pequeños a otras leyes, la Corte aclaró que en este caso no aplicaba. Aquí no era un cambio pequeño, sino la creación de unas reglas gigantes y totalmente nuevas, y eso solo lo puede hacer el Congreso.
La Procuraduría advirtió que si llega el 21 de junio y no hay una ley aprobada, será un caos. La DIAN tendrá las manos atadas: no podrá poner multas a los que rompan las reglas ni decomisar cosas ilegales. Esto afectaría la recolección de impuestos, frenaría la lucha contra el contrabando y dejaría que los delincuentes queden sin castigo.
Como la Corte sabía que tumbar la ley de un día para otro iba a causar este desastre, decidió dar un «tiempo de gracia». Dejó que las reglas actuales sigan funcionando temporalmente hasta el 20 de junio de 2026, para darle tiempo al Congreso de arreglar el problema. Pero si llega la fecha y no hacen nada, las reglas se caen por completo.
Por ahora, la Procuraduría está vigilando de cerca al Congreso para que se apure. También está organizando reuniones con otras entidades para ver cómo manejar esta posible crisis, pero aclaró que no pueden meterse a hacer el trabajo que le toca a los congresistas.
Cabe mencionar que no todos los jueces de la Corte estuvieron de acuerdo en tumbar la ley. El magistrado Miguel Polo Rosero votó en contra, diciendo que el manual que hizo el presidente no era realmente un «código». Además, advirtió que esta decisión podría traer problemas futuros, porque podría hacer que otras leyes importantes (como las de impuestos o riesgos laborales) que se hicieron de forma parecida también sean anuladas.
/Colprensa