La Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica (Acolgen) solicitó a la Corte Constitucional la suspensión provisional y la declaratoria de inexequibilidad total del Decreto 150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno de Gustavo Petro declaró el estado de emergencia económica para atender la ola invernal en ocho departamentos del país, expediente que tiene como ponente al magistrado Miguel Polo Rosero y que actualmente se encuentra en etapa probatoria, a la espera de su fijación en lista.
En el concepto allegado al alto tribunal, Acolgen argumentó que el decreto presenta vicios de motivación y no cumple con el requisito de sobreveniencia, que obliga al Estado a acudir a los estados de excepción únicamente cuando sus capacidades ordinarias se ven desbordadas.
«El uso injustificado de los estados de excepción tiene un costo institucional que no puede ignorarse. Cada declaratoria que no supera mínimamente los presupuestos constitucionales compromete recursos del Gobierno y de la H. Corte que deberían destinarse a la atención efectiva de la población afectada y a la protección de derechos; además, sustrae al Ejecutivo del camino que la Constitución le traza como regla: el uso de las herramientas ordinarias a su disposición», señaló el gremio en su escrito.
Uno de los vicios de forma más concretos que identificó Acolgen es la firma del decreto por parte de Irene Vélez Torres como ministra encargada de Ambiente y Desarrollo Sostenible, pese a que, según el gremio, su encargo había vencido el 5 de noviembre de 2025, más de tres meses antes de la expedición del Decreto 150.
Según Acolgen, la ley colombiana establece que un funcionario puede quedar encargado de un ministerio por un máximo de seis meses. El encargo de Vélez Torres venció el 5 de noviembre de 2025 y, para cuando se firmó el decreto —el 11 de febrero de 2026—, ya habían transcurrido más de tres meses adicionales sin que existiera un acto administrativo que prorrogara su habilitación. «Por tal razón, para el 11 de febrero de 2026, la funcionaria carecía de habilitación jurídica vigente para actuar como Ministra de dicha cartera», argumentó la Asociación.
La Constitución exige que los decretos de estados de excepción cuenten con la firma de todos los ministros, condición que Acolgen consideró incumplida en este caso.
El gremio, que fue gravado con el paquete de impuestos proferido bajo la sombrilla de este estado de excepción, también pidió que la Corte le diera trámite de urgencia al caso, «dada la relevancia y el impacto de las medidas adoptadas bajo el estado de excepción». Alegó que sus efectos generan un daño irremediable «en materia de derechos humanos asociados a la prestación del servicio de energía, así como en aspectos regulatorios y tributarios».
La solicitud de Acolgen evoca el precedente de la emergencia económica decretada en diciembre de 2025, que el Gobierno justificó para cubrir el hueco fiscal agudizado por el hundimiento de la reforma tributaria y que la Corte Constitucional suspendió provisionalmente por ser, prima facie, inconstitucional.
En el estudio de fondo, Acolgen pidió a la Corte declarar la inexequibilidad total del Decreto 150, al advertir que no cumple con los requisitos formales y materiales establecidos en el artículo 215 de la Constitución. Como alternativa, el gremio planteó que, si el decreto no se tumba por completo, al menos se declaren inexequibles algunos de sus apartes, en concreto los argumentos que lo sustentan y que, a su juicio, no tienen relación con los hechos que dieron origen a la emergencia o no corresponden a situaciones reales y verificables.
- colprensa