Diario del Cesar
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Consejo de Estado ´salvó´ elección de la defensora del Pueblo

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La Sección Quinta negó la demanda de nulidad electoral contra la elección de Iris Marín como defensora, la demanda pedía sacarla de la Defensoría por una supuesta violación al derecho a la igualdad.

El proceso en contra de la defensora del Pueblo fue promovido por Libardo Noreña Lozano, quien alegó, entre otros puntos, que una nota periodística incluida en la hoja de vida habría desviado el examen de méritos.

El Consejo de Estado desestimó ese argumento al señalar que «no se demostró que por la presencia de la nota en la hoja de vida de la señora Irís Marín Ortiz se haya omitido la evaluación de los méritos, ni se haya sustituido el juicio de valoración del Congreso para verificar su idoneidad.” También advirtió que “el cargo carece de especificidad”, pues no probó incidencia real en la decisión.

Sobre una supuesta inhabilidad por haber ocupado un cargo con funciones en derechos humanos antes de la elección, la Sala precisó que Iris Marín renunció a su cargo en el Ministerio del Interior y esa renuncia fue aceptada el 22 de agosto de 2024, por lo que “no ejercía cargo público al momento de la elección.”

En cuanto a la discusión sobre mérito y experiencia, el fallo recalcó que el estándar para medir la idoneidad se centra en la trayectoria y formación, y que no corresponde a los jueces reemplazar la valoración política hecha por el Congreso:

Por último, el alto tribunal desestimó el argumento del supuesto incumplimiento de la cuota de género al interior de las altas cortes, sobre eso, el presidente del Consejo de Estado se pronunció desde Villavicencio “En consecuencia, no se violenta el mandato constitucional de la igualdad cuando en una terna van tres mujeres, sino todo lo contrario, ese es es un avance para la sociedad colombiana”, dijo.