Mientras sigue la polémica por la supuesta decisión de un juez de ordenar revivir la votación de la consulta popular, la Procuraduría pidió al Consejo de Estado negar otra solicitud que plantea negar esa votación del 14 de mayo.
En tal sentido a la petición realizada por un ciudadano de suspender los efectos de la votación del Senado, la Procuraduría emitió un concepto desfavorable a la solicitud del presidente de la República de convocar a una consulta popular de carácter nacional.
En concepto enviado a la Sección Quinta de la jurisdicción contencioso administrativo, el Ministerio Público señaló que en el momento procesal en trámite no se advierte una vulneración al ordenamiento jurídico en la expedición del acta o certificación donde se consolidaron los resultados de la sesión, efectuada el 14 de mayo pasado y, por lo tanto, no procede la medida cautelar de suspensión solicitada por el demandante.
En el concepto, la Procuraduría señaló “que los elementos de juicio traídos a colación no gozan de la contundencia, ni de la determinación para concluir que se vulneró el ordenamiento jurídico, pues lo que se advierte son algunas consideraciones e interpretaciones particulares, sin que tenga contundencia sobre la ocurrencia de alguna irregularidad en la expedición del acto demandado”.
/Colprensa