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Corte constitucional tumba norma que priorizaba encargos sobre mérito en la Dian

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La Corte Constitucional declaró inexequible un inciso del Decreto Ley 927 de 2023, que reformaba el sistema específico de carrera administrativa en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y prohibía usar listas de elegibles cuando los cargos estuvieran ocupados por funcionarios en encargo o provisionalidad.

Según el tribunal, esta norma desconocía el principio del mérito como eje de la carrera administrativa y vulneraba los derechos a la igualdad, el debido proceso y el acceso a cargos públicos.

La decisión recayó sobre el tercer inciso del parágrafo transitorio del artículo 36 del Decreto, que prohibía el uso de listas de elegibles para proveer cargos si estos ya estaban ocupados por funcionarios en provisionalidad o encargo. En su lugar, ordenaba convocar un nuevo concurso, incluso si existían aspirantes que ya habían superado un proceso meritocrático.

La Corte concluyó que esta disposición constituía un privilegio injustificado a favor de quienes ocupaban cargos de forma temporal, en detrimento de los concursantes que habían obtenido los mejores puntajes.

El alto tribunal explicó que la medida era abiertamente desproporcionada, pues permitía la permanencia indefinida en el cargo de funcionarios temporales y desconocía el carácter vinculante de las listas de elegibles. Además, señaló que se cambiaron intempestivamente las condiciones del concurso, afectando los derechos adquiridos de los aspirantes.

A través de un juicio de proporcionalidad estricto, la Sala Plena concluyó que, aunque el objetivo de asegurar la continuidad del servicio en la DIAN era legítimo, existían alternativas menos lesivas que no comprometían el mérito ni los derechos constitucionales.

Según la Corte, actualmente cerca de 5.600 cargos están ocupados en encargo o provisionalidad, a pesar de que se han invertido más de 50.000 millones de pesos en concursos que produjeron listas de elegibles aún vigentes.

Como efecto inmediato de la sentencia, la DIAN deberá proveer las vacantes utilizando en estricto orden las listas de elegibles vigentes, sin excluir aquellos cargos que estén en encargo o provisionalidad. La Corte advirtió que muchas de estas listas están próximas a vencerse.

El magistrado Miguel Polo Rosero salvó su voto. Señaló que, a su juicio, el análisis constitucional debió hacerse bajo un juicio de proporcionalidad intermedio, como en precedentes similares. Afirmó que incluso bajo un juicio estricto, la medida era necesaria y proporcionada, y que no suprimía el principio del mérito, sino que garantizaba una transición regulada al nuevo sistema de carrera en la DIAN.

Polo sostuvo que las listas de elegibles aún podían usarse para otras vacantes, y que limitar su uso solo en casos de encargo o provisionalidad respondía a un fin constitucional válido de implementar nuevas reglas más técnicas y exigentes.

/Colprensa