El Ministerio de Relaciones Exteriores ya trabaja en un borrador de decreto para modificar una norma de hace 40 años por la que actualmente se rigen las autoridades para estudiar, analizar y, si es el caso, asignar asilo a las personas que lo solicitan en Colombia.
Actualmente, las solicitudes en Colombia para asilo superan las 68.000 y, por eso, se toman estas medidas, ya que el estudio puede tardar hasta tres años.
La memoria justificativa del decreto dice lo siguiente:
- “(…) Se hace necesaria una modificación al procedimiento para la determinación de la Condición de Refugiado, ya que la norma actual, creada hace 40 años, y cuya última modificación se realizó en 2013, no se adapta a las necesidades actuales, por lo que se requiere una reforma que adecúe la estructura normativa y el sistema de protección internacional de Colombia a la realidad actual”.
En el mismo proyecto, se reconoce el aumento del flujo migratorio a Colombia de ciudadanos venezolanos. Por lo tanto, se hace necesario tomar medidas urgentes, ya que muchos de los solicitantes solo requieren regularizar su estadía, pero no necesitan protección internacional.
Así lo señala el texto:
- “(…) Colombia es el país que ha recibido un mayor flujo de migrantes y refugiados venezolanos en el mundo, con una cifra estimada de 2,9 millones de personas, de acuerdo con Migración Colombia. Muchas de estas personas han optado por solicitar que se les reconozca la condición de refugiado como una vía de regularización migratoria para acceder, entre otros, al sistema de salud, educación u otros servicios prestados por el Estado colombiano, pero que no requieren protección internacional en los términos definidos por los instrumentos internacionales y la ley colombiana. En efecto, a partir del año 2017 se presentó un crecimiento exponencial en las solicitudes de refugio. Mientras que en 2017 se recibieron 625 solicitudes, en 2021 el número de solicitudes ascendió a 15.954, y en 2023 se recibieron 12.282, cifras que representan un incremento de 25 veces con respecto al número de solicitudes recibidas en 2017″.
De igual forma, Migración Colombia emitirá unos salvoconductos para la permanencia en territorio colombiano mientras se define el futuro de los refugiados.
En ese sentido, el borrador agrega:
- “Durante el procedimiento para determinar la condición de refugiado, el solicitante de refugio y sus beneficiarios permanecerán de forma regular en territorio colombiano a través del salvoconducto de permanencia SC-2 que solicitará el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. El salvoconducto de permanencia no tendrá costo para el solicitante y sus beneficiarios, y les permitirá ejercer actividad u ocupación en el país con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación laboral, tributaria, migratoria y demás normas concordantes colombianas por el término de su vigencia”.
Se espera que, una vez aprobada la nueva normativa, esta empiece a regir a partir del 1 de julio de 2025: “Se aplicará en todo el territorio nacional y estará dirigida a todos los solicitantes para la determinación de la condición de refugiado”, indica el borrador.
/WRadio