En una audiencia pública mixta, las comisiones primeras de Senado y Cámara abordaron este lunes el proyecto de ley que reglamenta las competencias y los procedimientos de la Jurisdicción Agraria y Rural, un sistema diseñado para resolver de manera especializada conflictos en el campo colombiano.
Ramón Villamizar Maldonado, secretario general del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, destacó la relevancia de esta normativa al afirmar que permitirá “materializar lo que este Congreso ya estableció en la Ley Estatutaria”.
Según explicó, la Jurisdicción Agraria busca resolver disputas no solo sobre predios, sino también sobre contratos agrarios y derechos de comunidades campesinas y étnicas.
“El proyecto establece jueces especializados que podrán recolectar pruebas de oficio y tramitar conflictos de forma oportuna. Esto garantizará que poblaciones vulnerables tengan acceso efectivo a la justicia, lo que hoy sigue siendo un reto”, indicó Villamizar.
UNA REFORMA HISTÓRICA PARA EL CAMPO
El proyecto de ley, impulsado por el Gobierno de Gustavo Petro, busca reglamentar las competencias y los procedimientos de la Jurisdicción Agraria, definida en la Ley Estatutaria de 2023 como una herramienta para atender las particularidades del campo colombiano.
“Este proyecto materializa lo que este Congreso ya estableció en la Ley Estatutaria. Es un paso decisivo para garantizar acceso efectivo a la justicia en sectores históricamente marginados”.
La jurisdicción abordará, entre otros, conflictos sobre la propiedad de tierras, contratos agrarios, servidumbres, y derechos de comunidades étnicas y campesinas.
Según Villamizar, “una justicia pronta y efectiva ayudará a evitar otros conflictos sociales que afectan al país”.
El texto contempla que los jueces agrarios tendrán la capacidad de recolectar pruebas de oficio, garantizando procedimientos ágiles y adaptados a las necesidades de las poblaciones rurales.
Además, propone la creación de centros de servicios judiciales y administrativos agrarios y rurales, así como la figura del facilitador agrario. Este último actuará como guía jurídica y promotora de conciliaciones.
“Los principios de celeridad, oralidad y flexibilidad probatoria serán claves para evitar dilaciones y garantizar que los conflictos se resuelvan oportunamente”, explicó Villamizar Maldonado.
La propuesta legislativa también define la participación de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo en los procesos judiciales. Ambas entidades tendrán funciones específicas en defensa de los derechos humanos, la seguridad jurídica de comunidades campesinas y la vigilancia del cumplimiento de decisiones judiciales.
UNA DEUDA CON LAS ZONAS RURALES
Desde el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Agricultura, que lideran esta iniciativa, se destacó que la Jurisdicción Agraria y Rural responde a una deuda histórica con el campo colombiano, agravada por décadas de conflicto armado.
Según cifras oficiales, el 52 % del territorio nacional tiene conflictos activos relacionados con la tenencia de tierras.
“Este sistema no solo facilitará el acceso a la justicia en regiones alejadas, sino que ayudará a prevenir conflictos sociales derivados de la inequidad y la falta de resolución de disputas agrarias”, agregó el funcionario del Ministerio de Ambiente.
LOS ARTÍCULOS POLÉMICOS
El proyecto de ley para la creación de la Jurisdicción Agraria y Rural ha generado debate en torno a tres artículos que, según expertos y sectores políticos, podrían definir el éxito o fracaso de la iniciativa.
El artículo 18 introduce la figura del «facilitador agrario», un agente mediador cuya función sería fomentar la conciliación entre las partes en disputa antes de llegar a instancias judiciales. Aunque el objetivo es descongestionar los tribunales y agilizar procesos, críticos advierten sobre la falta de claridad en los criterios para su selección y capacitación.
Por otro lado, organizaciones campesinas apoyan la idea, pero insisten en que las comunidades deben participar activamente en la elección de estos facilitadores para garantizar su legitimidad y conocimiento del territorio.
La posibilidad de que los jueces agrarios recojan pruebas de oficio, contemplada en el artículo 25, ha encendido alarmas sobre un posible desequilibrio en el debido proceso. Desde el Ministerio de Justicia defienden la medida como una herramienta para nivelar el terreno en un contexto donde la desigualdad de recursos entre las partes es la norma.
No obstante, abogados y académicos advierten que esto podría derivar en un «activismo judicial» que ponga en riesgo la neutralidad del juez. Este punto se ha convertido en una de las mayores piedras de tropiezo para lograr consensos en el Congreso.
Otro artículo polémico es el 30, que amplía las facultades de los jueces para dictar medidas cautelares sobre predios en disputa. Mientras algunos ven esto como una garantía para proteger los derechos de campesinos y comunidades vulnerables, otros temen que esta potestad se use de forma arbitraria, afectando la seguridad jurídica de los propietarios.
PRÓXIMOS PASOS
Durante la audiencia, congresistas, expertos y representantes de organizaciones campesinas y étnicas presentaron observaciones al proyecto, buscando perfeccionarlo antes de su aprobación.
Entre los puntos discutidos estuvieron las herramientas para proteger los derechos colectivos y los procedimientos para garantizar la seguridad jurídica de las decisiones.
El Congreso continuará debatiendo esta normativa, que se perfila como un pilar para la transformación del campo colombiano y el fortalecimiento del Estado de derecho en las zonas rurales.
BOGOTÁ, (Colprensa).