Ante el Juzgado Segundo Penal Municipal Ambulante con funciones de control de garantías, se realizó el día de ayer durante varias horas, la audiencia de imputación de cargos contra el exalcalde de Codazzi, Efraín Quintero Mendoza, investigado por presuntos actos de corrupción relacionados con dos contratos de suministros alimenticios, con base en una denuncia formulada por la Contraloría General de la Nación.
De acuerdo a los hallazgos fiscales se estima un presunto detrimento patrimonial considerado en más de $893 millones, provenientes de recursos públicos destinados para la implementación del Programa de Alimentación Escolar, PAE, que se ejecutó en el mandato de Quintero Mendoza, para el período de 2012 al 2015. Por este proceso fueron vinculados además el exsecretario de educación municipal, Raúl Casimiro Bermúdez Castilla y la representante legal de una contratista, Linda Xiomara Navarro Hernández.
Según indicó el delegado de la Fiscalía 12 Seccional adscrita a la unidad de delitos contra la administración pública a cardo de las pesquisas, dicho detrimento resultó tras la celebración de dos contratos realizados entre los antes mencionados y una cuarta persona que aún no ha comparecido ante la justicia, con los que presuntamente, se buscaban darle cumplimiento al Programa de Alimentación Escolar – PAE, en Codazzi, tanto en su zona rural y urbana.
LAS IRREGULARIDADES
Según el acusador, la investigación penal surgió a raíz de la denuncia formulada en noviembre del 2016 por la Controlaría General de la República a través de una auditoria especial que realizó a un convenio de cooperación y a un contrato de prestación de servicios para cumplir con el plan de la alimentación escolar.
El primer descubrimiento hace alusión a que la pasada administración, suscribió el convenio de cooperación No. 001 del 30 de enero del 2015 por un valor de $418.251.040 con la Fundación de Programas Prevención y Nutrición Provenir, representada por Diana Margarita Trujillo Arévalo, que funge como entidad sin ánimo de lucro, con el fin de garantizar el servicio del Programa de Alimentación Escolar, PAE, en las instituciones educativas de esa población por un término de 62 días hábiles para la vigencia del 2015. De dicho contrato, $379.975.680 debían ser aportados por el municipio y $38.282.360 a la empresa contratista, siendo el secretario de educación la persona designada como supervisor.
“Para este no se aplicaron criterios técnicos con convenios comparativos para establecer los justos precios y no se cumplió con la etapa de planificación para llevar a cabo el contrato. En estas circunstancias, por el concepto de desayunos y almuerzo, pactaron valores de $2.500, que estaban muy por encima de los planteados por la Gobernación del Cesar para el cumplimiento del PAE. De este existe una sobreestimación en el convenio de unos $111.877.856. Aunado a ello, se desconocieron los requisitos aplicables y que se exigen en materia contractual por tanto aquí no se hizo una selección objetiva, sino que lo hicieron de manera directa, sin efectuar una licitación pública o un procedimiento abreviado”, dijo la Fiscalía.
EL SEGUNDO CONTRATO
De otro lado, señaló que entre los tres presuntos responsables, se suscribió el contrato de prestación de servicios N°002-2015 del 5 de junio de 2015, por un valor de $1.226.177.920, pero que en la etapa de ejecución no se hicieron los respectivos estudios de costo, ni hubo un análisis de consumo de precio, sino que se recurrió a la celebración de otros contratos para fijar los montos que figuran en dicho convenio, que, supuestamente, arroja una diferencia de $341.266.240.
Al parecer, el convenio fue financiado con recursos del municipio destinados a través del Sistema Regional de Regalías, cuando la Gobernación del Departamento del Cesar a su vez había suscrito contrato para la ejecución del mismo programa, el cual incluía las instituciones educativas oficiales del municipio de Agustín Codazzi, por lo que presuntamente, ambas entidades prestaron el servicio de manera simultánea.
Tal como en el caso anterior, al parecer en este también se calculó un exagerado sobrecosto sobre las raciones cobradas y pagadas al consorcio, al comparar los precios PAE de la Gobernación y el municipio, teniendo en cuenta las minutas del convenio que se pactó bajo los mismos valores y menús usados en el departamento. Además, que este se había planeado para focalizarse en cuatro instituciones educativas durante 200 días del periodo escolar del 2015, pero a la postre, terminó siendo ejecutado en 13 colegios en 80 días.
“El exalcalde tuvo injerencia en la presunta irregularidad porque era el ordenador del gasto y estuvo presente tanto en la suscripción, tramitación y liquidación del contrato, así como el secretario de educación estuvo en calidad de supervisor. En este caso se desconocieron los requisitos aplicables que se exigen en materia contractual por tanto aquí no se hizo una selección objetiva, sino que se incumplieron los lineamientos legales establecidos en materia contractual”, resaltó el organismo investigativo.
LA IMPUTACIÓN
Ante el tribunal le imputaron al exalcalde y el exsecretario de educación, los delitos de peculado por apropiación en concurso homogéneo y sucesivo, a título de dolo, este en relación al primer contrato mencionado; y asítambién, en concurso homogéneo y sucesivo con el de peculado por apropiación agravado, por el segundo convenio, debido a que este superó el valor de los 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes para la fecha.
A dichas conductas punibles les sumaron otro cargo en concurso heterogéneo y sucesivo como coautores por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, en concurso heterogéneo y sucesivo con falsedad ideológica en documento público, por los supuestos requisitos legales que incumplieron para efectuar los contratos.
A Linda Navarro, por su parte, la Fiscalía le endilgó responsabilidad penal por el delito de peculado por apropiación agravado en calidad de coautora interviniente, a título de dolo, en concurso heterogéneo con falsedad ideológica en documento público, en concurso heterogéneo con contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, en relación al último convenio citado.
Frente a dichas acusaciones, ninguno de los procesados se allanó a los cargos.
Al cierre de esta edición, ante el juzgado se adelantaba la solicitud de medida de aseguramiento en la que el acusador argumentaba las razones por las que al exalcalde y al exfuncionario debería imponerle la detención intramural y a la procesada detención domiciliaria.