Se conoció en primicia que la Sección de Apelación de la JEP rechazó de fondo y de forma definitiva la recusación que interpusieron los abogados de las ex Farc contra la magistrada Belkis Izquierdo, a cargo de la investigación sobre crímenes en Nariño, y quien les imputó crímenes sexuales a Pablo Catatumbo, ‘Pacho Chino’ y otros, en ese departamento.
En la recusación los abogados de las extintas Farc habían pedido apartar a la magistrada Izquierdo acusándole de obrar con “falta de imparcialidad” desconociendo los derechos de los exintegrantes de la guerrilla y señalándola de tener interés personal en el caso por ser de procedencia indígena.
Los magistrados de la Sección rechazaron definitivamente la recusación concluyendo que aun cuando los abogados consideraron que la imputación en contra de sus defendidos era motivo de recusación contra la magistrada (señalándola de imparcial) siguieron participando en el trámite del proceso, por tanto, perdieron la oportunidad de plantear la recusación.
A su vez, les recordaron que la recusación no es una herramienta para discutir las decisiones judiciales sino para determinar la ecuanimidad del juez al momento de tomar los fallos. Así entonces, los otros argumentos en los que los abogados cuestionaban a la magistrada Izquierdo por su pertenencia indígena, ni siquiera fueron discutidos.
/WRadio