Diario del Cesar
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Petro arremete contra el CNE y el Consejo de Estado

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El presidente Gustavo Petro desconoció la decisión de la Sala de Consultas del Consejo de Estado que determinó la competencia del Consejo Nacional Electoral para investigar las presuntas irregularidades en su campaña y aseguró que fue “despojado del fuero integral constitucional” que lo protege.

El mandatario advirtió que “cada paso dado contra el presidente en el Consejo Electoral construye un golpe de estado”.

A través de su cuenta de X, el presidente Petro señaló que la Constitución es clara y no permitiría la suspensión del jefe de Estado.

“La Constitución no permite que una instancia puramente administrativa y política como el Consejo Electoral, prepare el camino para suspender al presidente de sus funciones por una investigación de topes sobre la cual no tenía más competencia que los 30 días posteriores a la elección”, señaló.

Em este aspecto líderes de la oposición señalaron que el Jefe del Estado vuelve a tender una cortina de humo tratando de engañar a los bobos. Una cosa es una demanda electoral ante la jurisdicción contenciosa administrativa (tribunales en los departamentos) y Consejo de Estado, y otra es la jurisdicción de la autoridad administrativa encargada de determinar si un candidato o su campaña violó los topes electorales, o recibió plata mal habida, como se presume que pasó en el caso de Petro, o que tuvo gastos y nos los reportó, que es lo que nos ocupa. Petro busca confundir ´para que la gente no entienda, pero los colombianos no somos bobos, entendemos perfectamente que su campaña violó los topes electorales y las sanciones están ahí en la Ley, no son reglas de ahora, él y su campaña las conocía, ahora se las viene a dar de que no sabía e inventarse normas que no existen´, manifestó en forma categórica la congresista Paloma Valencia.

RETOMA DE LA INVESTIGACIÓN

Cabe destacar que el Consejo Nacional Electoral  retomó la investigación por la presunta financiación con fuentes prohibidas y violación de topes en la campaña del presidente Gustavo Petro, luego de que la Sala de Consultas del Consejo de Estado resolviera un conflicto de competencias con la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

En su momento, el tribunal resolvió un recurso de consulta, en el que señaló que la autoridad competente para vigilar, inspeccionar y controlar la actividad relacionada con los partidos y movimientos políticos, es el CNE.

Actualmente, por lo menos cinco magistrados consideran que existen pruebas contundentes que indican que hubo irregularidades durante la campaña, cuyo gerente era Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol.

A pesar de que los magistrados César Lorduy, Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, votarían a favor de la formulación de pliego de cargos, no sería suficiente ya que se requieren seis votos.

Entre tanto, Cristian Quiroz, Fabiola Márquez y Alba Lucía Velásquez, votarían en contra de la ponencia, lo que tampoco sería suficiente para tomar una decisión de archivo.

¿Qué decidió el Consejo de Estado sobre las facultades para investigar al presidente?

El anuncio se dio a conocer tras el efectuado el 23 de agosto por la Sala de Consulta y Servicio Civil, que determinó que el CNE sí cuenta con esta facultad, en medio del caso en el que se investiga si el jefe de Estado incurrió en presuntas irregularidades de cara a la contienda, en la que terminó imponiéndose ante el fallecido Rodolfo Hernández Suárez, por algo menos de 800.000 votos de diferencia.

“Declarar competente al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si a ello hay lugar”, se leyó en el fallo, emitido el 6 de agosto.

LA COMPETENCIA DEL CONGRESO

En esa decisión, también se definió que es competencia del Congreso de la República, por intermedio de la mencionada Comisión de Acusaciones, llevar a cabo proceso para sancionar con pérdida del cargo al primer mandatario, “en el evento en que los hallazgos de la autoridad electoral dieren lugar al desarrollo de una actuación de esa naturaleza”.

“Declarar competente al Congreso de la República para decidir sobre la eventual sanción de pérdida del cargo del presidente de la República, de manera autónoma y según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política, en los términos del artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, cuando de la investigación adelantada por el Consejo Nacional Electoral por irregularidades en la financiación de la campaña presidencial 2022- 2026 proceda la referida sanción”, se agregó en la decisión.

Es preciso remarcar que, de acuerdo con el Consejo Nacional Electoral, se registró una violación de topes de la campaña por 5.355 millones de pesos, de acuerdo con la ponencia de los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, por encima del límite definido para la aspiración que lo llevó a la Casa de Nariño para el periodo comprendido entre 2022 y 2026.