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Corte Constitucional pide al Congreso legislar sobre condenas de segunda instancia

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La Corte Constitucional hiló muy delgado al punto de abrir la brecha a que el Congreso promueva una legislación para que en los estrados judiciales revisen procesos de personas que fueron condenadas por primera vez en segunda instancia.

La solicitud la hizo el alto tribunal este martes, al revisar dos tutelas y concluir que se debe garantizar el derecho a los condenados por primera vez en segunda instancia a apelar la pena que reposa en su contra. Con una votación de ocho a favor y uno en contra, la sala extraordinaria determinó acoger la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo.

Lizarazo explicó que a su despacho llegó el proceso de una persona que cometió actos delictivos, fue llevado ante un juez de conocimiento y lo absolvió de lo que supuestamente había cometido. Así las cosas, la investigación en su contra se archivó en primera instancia, pero con lo que no contaba este hombre es que la Fiscalía apeló y llevó su proceso ante el Tribunal Superior de Neiva y allí este tribunal lo condenó.

Entonces el Tribunal se convirtió en la segunda instancia. El hombre que fungía como concejal en Gigante (Huila) no estuvo de acuerdo con la decisión y apeló ante la Corte Suprema de Justicia y esta al no darle trámite a lo que buscaba el hoy condenado interpuso una acción de tutela ante la Corte Constitucional y esta si bien no le da la razón inmediatamente le pide al Congreso de la República que establezca “el procedimiento legal que fije la manera como se hará efectivo el derecho a la doble conformidad judicial de la primera sentencia penal condenatoria”.

Es decir, el tribunal lo que busca es que la persona condenada en segunda instancia pueda hacer que se revise su sentencia para verificar si hubo alguna inconsistencia durante el procedimiento.

En la decisión, Lizarazo también promueve que el Consejo Superior de la Judicatura y el Gobierno Nacional, con participación de la Corte Suprema de Justicia, dispongan de lo necesario para adelantar el diagnóstico de la sentencia emitida en contra del concejal.

Entonces lo que deben hacer las autoridades judiciales es promover recursos presupuestales y administrativos necesarios para la puesta en marcha del procedimiento que garantice la impugnación (apelación) de la primera sentencia condenatoria.

El magistrado explicó que en dicha tutela “encuentra que se viene violando de manera sistemática y generalizada el derecho de las personas condenadas en segunda instancia, porque no han tenido la oportunidad de controvertir la sentencia condenatoria. Para superar esa afectación, la Corte exhorta nuevamente al Congreso para que regule el procedimiento y garantice este derecho a la impugnación”.

El Colombiano