La Corte Constitucional revisará impacto fiscal de sentencia de regalías

El vicepresidente del alto tribunal, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, acompañado del presidente José Fernando Reyes Cuartas, será el encargado de ponerle de presente a la Sala Plena si la Corte debe reevaluar el fallo que, según el Ministerio de Hacienda, podría significar una pérdida de unos $6,7 billones del presupuesto de la nación.
La Corte Constitucional decidió estudiar junto al Gobierno nacional cuál será el impacto en las finanzas del país que trae la sentencia que el año pasado declaró inconstitucional la no deducibilidad de las regalías que la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro impuso para las empresas mineroenergéticas.
Así lo dejó saber ayer el vicepresidente del alto tribunal, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien será el encargado de ponerle de presente a la Sala Plena si la Corte debe reevaluar el fallo que, según el Ministerio de Hacienda, podría significar una pérdida de unos $6,7 billones del presupuesto de la nación.
Con la admisión del recurso, que el Gobierno promueve desde enero, la sentencia C-489 de 2023 queda suspendida, por lo que el Ejecutivo podría acudir a algunos mecanismos para recaudar dinero del impuesto de renta de las empresas mineroenergéticas sin que ellas resten de sus recursos lo que aportan por concepto de regalías.
Ibáñez explicó que, tras la decisión de la Corte de estudiar de fondo el tema, el paso siguiente será consultar conceptos técnicos y realizar una audiencia pública con quien originalmente demandó el artículo 19 de la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, con el Ministerio de Hacienda y con personas expertas.
La audiencia, espera el magistrado, debería desarrollarse aproximadamente el 17 de mayo y abordar por qué Casa de Nariño espera diferir los efectos de la sentencia. La decisión final podría llegar entre finales de mayo e inicios de junio. Hasta entonces, la determinación sobre deducibilidad de regalías permanecerá suspendida, por lo que la normativa sigue vigente.
El alto tribunal había inadmitido el incidente el 5 de abril. La Corte estableció que el Ejecutivo no explicó por qué la sentencia tendría un resultado negativo en las finanzas del país en el futuro, qué condiciones propiciarían una pérdida de recursos que se hubiesen obtenido sin la providencia ni cuál sería el plan para cumplir la determinación, que no funcionaría debido al impacto fiscal.
En otras palabras, para la Corte es necesario que el incidente de impacto fiscal se resuelva con base en que el erario resultará maltrecho en el futuro. El Gobierno, según la Corte, debía dar cuenta de cuáles serían sus planes si la sentencia siguiera y por qué esos planes eran insuficientes, pero en principio no lo hizo.
La Ley 2277 de 2022, la reforma tributaria del gobierno de Petro, establecía que las regalías que las empresas que exploran y explotan recursos naturales no renovables pagan como contraprestación no eran deducibles de la base gravable del impuesto de renta.
En términos simples, las compañías dedicadas al carbón o petróleo entregan al Fondo Nacional de Regalías una parte de su dinero como prestación por utilizar el suelo y el subsuelo, que son recursos del Estado. Antes de la reforma, el impuesto de renta que debían pagar se calculaba deduciendo —es decir, restando— lo que pagan en ese sentido.