Diario del Cesar
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Por ‘falso positivo’ en Cesar condenan a MinDefensa, a la Nación y al Ejército

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Luego de 19 años se hizo justicia. El Tribunal Administrativo del Cesar condenó a la Nación, al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional a pagar una indemnización de 413 millones de pesos a los familiares de Carlos Alfredo Castro Aguirres, víctima de un ‘falso positivo’ ocurrido el 30 de junio de 2004 en la vereda Cuesta de la Plata, municipio de Pueblo Bello, Cesar.

Los magistrados los declararon administrativa y patrimonialmente responsables, por los daños y perjuicios generados a su mamá, María Otilia Aguirre Ballesteros, hermanos y sus dos hijas Karen Margarita Castro Aguirre y Yanelis Estella Martínez Aguirres.

En el fallo, el alto tribunal determinó “brindar a los demandantes las medidas encaminadas a procurar su readaptación, integración social y superación individual, consistente en tratamientos psiquiátricos, psicológicos y terapéuticos relacionados necesarios para superar los hechos relacionados con la muerte en las circunstancias demostradas en el proceso del señor Carlos Alfredo Castro Aguirres”.

De igual manera, el Ministerio de Defensa deberá ofrecer públicamente disculpas a los familiares de la víctima de este falso positivo. “De manera simbólica y con el objeto de que la Nación satisfaga a los demandantes, por la muerte de su ser querido Carlos Alfredo Castro Aguirres, de vulneraciones a los derechos humanos, el Ministro de Defensa en compañía de los altos mandos militares y con la comparecencia de los integrantes del Batallón de Artillería No. 2 La Popa en esta ciudad, celebrará, dentro de un término razonable, no superior a tres meses calendario contados a partir de la ejecutoria de la presente decisión, una ceremonia con la presencia de los demandantes, participación de la comunidad, e invitación a los medios de comunicación del departamento del Cesar, con cubrimiento nacional, donde se tribute la vida del antes nombrado, ofreciendo disculpas públicas a los ofendidos y a la comunidad por su muerte, repudiando clara y categóricamente la violación de los derechos humanos, con el compromiso claro y contundente de tomar los correctivos para que lo acontecido no vuelva a suceder”, se lee en el fallo.

El Tribunal Administrativo del Cesar también señaló que la ejecución extrajudicial de Castro Aguirres, no tuvo nada que ver con su comportamiento.

Carlos Alfredo Castro Aguirre tenía como actividad laboral la de oficios varios, convivía con su madre María Otilia Aguirres Ballesteros, en Fundación Magdalena, a quien siempre ayudaba económicamente, asimismo con sus hermanas y sobrinos. Aguirres se trasladó a una finca ubicada alrededor de la Sierra Nevada de Santa Marta, donde había sido contratado para la recolección de café, pero la oferta laboral resultó ser un engaño.

En vista de que los días pasaban y habían perdido la comunicación, sus familiares decidieron buscarlo por los diferentes municipios cercanos, en Medicina Legal, policía, en las fincas y sus alrededores, pero la búsqueda fue infructífera y decidieron formular la denuncia ante la fiscalía, , habiéndose dispuesto por la Fiscalía No. 27 Seccional de Fundación – Magdalena, mediante Resolución de fecha 18 de julio de 2007, la apertura de investigación por desaparición forzada.

Tres años después, los familiares vieron una noticia en un periódico del Cesar, sobre la identificación de 28 cadáveres que habían sido sepultados como NN, en el Cementerio Nuevo de Valledupar, y en esa lista aparecía Castro Aguirres.

A su madre María Otilia Aguirres y otros familiares les manifestaron que el señor Castro Aguirres había muerto en un combate con uniformados adscritos al Batallón de Artillería N° 2 La Popa Ejército Nacional, en esa oportunidad no fue posible exhumar el cuerpo porque era una fosa común con mil cadáveres, y no han podido darle cristiana sepultura.

El Juzgado 90 de Instrucción Penal Militar de Valledupar, inicialmente realizó una investigación por cuanto el día 30 de julio del 2004 en el municipio de Pueblo Bello resultaron muertos en un presunto combate con miembros del Ejército Castro Aguirres y otros hechos que ocurrieron en el marco de la Operaciones Espartaco.

Las investigaciones desde el 29 de abril de 2004 sostienen que las indagaciones penales, adelantada por la fiscalía número 27 seccional del Magdalena, fue objeto de diversas remisiones a distintas dependencias judiciales que originó un conflicto de competencias el cual fue dirigido por el Consejo Superior de la Judicatura, mediante auto de fecha del 11 de diciembre de 2013 resolviendo que el proceso debía ser asignado a la Fiscalía General de la Nación.

También se conoció que, en 2017 un miembro del Ejército en la época en la que ocurrieron los hechos señaló en una diligencia que nunca existió combate, como en su momento se dijo para sustentar la muerte de la víctima.

Luego de 19 años, la familia no ha podido cerrar el ciclo del duelo ni tampoco despedirse de Carlos Alfredo Castro Aguirres, pues todavía no se les ha entregado de manera digna sus restos óseos, por ello, el alto tribunal impartió directrices como, “ordénese a la Fiscalía General de la Nación, que imparta las órdenes necesarias y las gestiones administrativas que se requieran, en aras de poder entregarle los restos óseos del señor Carlos Alfredo Castro Aguirres a sus familiares”. Con este fallo por fin, los familiares vieron la luz de la justicia y demostraron que su ser querido no era guerrillero ni murió en combate.