El Gobierno Nacional expidió el decreto a través del cual se reglamenta la tenencia y porte de armas traumáticas en Colombia, con el fin de disminuir los riesgos y violencia que estas pueden generar al ser modificadas y usadas para cometer delitos en el país.
El decreto fue firmado por el ministro del Interior, Daniel Palacios, quien se encuentra delegatario de funciones presidenciales, así como por Diego Molano, titular de la cartera de Defensa, quien manifestó que tendrá aplicabilidad a todas la personas naturales, jurídicas y servicios de seguridad privada.
El ministro de Defensa, Diego Molano, explic´ó que ante el aumento del uso de esta clase de armas, también conocidas como armas de fogueo o menos letales, se decidió emprender esta medida para regular la tenencia y porte en el país.
“El Decreto reglamenta que todo ciudadano que use o porte un arma traumática debe contar con un permiso, por lo que tendrá que entregarla a la autoridad militar para su marcación, trámite de registro y permiso de tenencia”, explicó el Ministerio.
En ese sentido, se aclaró que las personas naturales o jurídicas propietarias de armas traumáticas que cumplan con las características de armas de guerra o uso privativo y de uso restringido, contarán con 6 meses para entregárselas al Estado.
Además, se estableció que el plazo máximo para realizar el procedimiento de marcación de las armas traumáticas ante la Industria Militar (Indumil) será de ocho meses.

“Hemos evidenciado como estas armas comenzaron a ser modificadas y utilizadas para crimen, utilizadas para el robos, y sobretodo para atentar contra la integridad de nuestra Fuerza Pública y de otros ciudadanos, porque eran modificadas. Por eso, a partir de la firma este decreto, inicia una regulación y control de las armas traumáticas”, explicó Molano.
En esa línea, el ministro resaltó que este decreto define que esas armas traumáticas asimilan un arma de fuego, que para su uso deberá tenerse el porte, la tenencia y el permiso especial, igual comportamiento de un arma de fuego.
“En segundo término se determina que todos aquellos que tengan armas de ellas adquiridas legalmente, tendrán una transición para registrarlas, lo mismo que todos aquellos que las comercializan, o que tienen actividades deportivas, recreativas o de protección”, agregó.
De acuerdo a las cifras oficiales del MinDefensa, en el país hay más de 500.000 armas traumáticas y con este decreto se busca garantizar su regularización, control y disminuir las posibilidades de delitos como hurtos, con el fin de mejorar la seguridad ciudadana.
En 2018 las autoridades incautaron 3.201 armas traumáticas, en 2019 la cifra aumentó a 3.804, para el año 2020 se incautaron 5.478 armas traumáticas y en lo corrido del año 2021 se han incautado 6.569 armas de este tipo, lo que representa un aumento de más del 100%, en los primeros siete meses del presente año comparado con todo el año 2018.
Según las estadísticas del Ministerio de Defensa, de las 6.569 armas traumáticas incautadas en 2021, 125 estuvieron relacionadas con el delito de hurto, 42 al delito de porte de estupefacientes, 42 armas a lesiones personales, 8 armas a homicidios.
Las armas traumáticas que suelen ser un dispositivo menos letal por sus proyectiles de goma fueron reguladas en el país, a través del Decreto 1417 de 2021.
El documento de seis páginas fue firmado por el ministro de defensa, Diego Molano, y en este se estipuló la clasificación de las armas, así como el permiso para su tenencia.
La regulación de este elemento se concretó por el uso inadecuado de estas.
Cifras reveladas por la Policía Nacional, que fueron tenidas en cuenta para la elaboración del Decreto, dan cuenta que, desde 2018, se ha incrementado su uso de forma irregular.
Durante esa anualidad las autoridades incautaron 3.201 armas traumáticas, mientras que para el año 2019 la cifra ascendió a 3.804.
Durante 2020, aún con las restricciones extremas de movilidad generadas por el Covid-19, la Policía incautó alrededor de 5.478 armas y para lo corrido de 2021, la cifra siguió aumentando a 6.569. El incremento, entonces, es de 105 % en comparación tan solo en los primeros siete meses del año en curso respecto a todo 2018.
Lo que ponen de presente las autoridades es que las más de 6.000 armas incautadas durante este año relacionan hechos criminales como hurto, porte de estupefacientes, lesiones personales, violencia intrafamiliar y homicidio entre otros.
Las ciudades y departamentos que presentan más incautaciones son: Medellín (48), Bogotá (47), Antioquia (37), Cundinamarca (34) y Valle del Cauca (34).
Con las latentes cifras sobre el mal uso de estos elementos, el Gobierno en cabeza del Ministerio de Defensa se puso en la tarea de regular la tenencia de estas armas que terminan siendo peligrosas si son adaptadas para que funcionen como un arma de fuego. Para prevenir ese tipo de situaciones, el Decreto estipula que el arma traumática quedará enmarcada como uso civil de defensa personal y para portarlas deberán tener un permiso especial que se podrá solicitar ante la cartera de defensa.
Los colombianos que en este momento tengan en su poder un arma traumática deberán realizar un proceso de marcaje o registro, esto, con el fin de “legalizar” o definir la “situación jurídica” del dispositivo. Para ello, el ministerio dispondrá de lugares especiales de entrega. Allí deberá diligenciar un formulario en el que conste que entrega su arma de manera voluntaria.
Durante el procedimiento de marcaje habrá un comprobante de recepción con datos del propietario y del arma. Además, se generará la remisión de “solicitud de Trabajo a la Fábrica José María Córdoba”. Para realizar la entrega y marcaje de los elementos, los portadores actuales tendrán hasta seis meses para “legalizar” el dispositivo. Quienes quieran hacer su entrega y no deseen solicitar el permiso ante la autoridad competente, podrán entregarlas al Estado en el mismo término de tiempo.
PASOS PARA EL REGISTRO
Los pasos para realizar el registro de armas es el siguiente:
Una vez el ciudadano entregue el arma, se diligenciará un formulario de manera voluntaria donde podrá tomar las siguientes opciones:
Entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma.
Entregar el arma voluntariamente en caso de que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso.
Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho meses.
Después de dicho proceso contarán con ocho meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática.
Una vez recibida el arma por parte del almacén comercial de la Industria Militar, se expide un comprobante de formato con datos del arma y se genera remisión con solicitud de trabajo a la Fábrica José María Córdova.
La Industria Militar procederá al marcaje de armas traumáticas, en el cual se debe contemplar las características de cada una de las armas, los datos de contacto del titular de la misma y el marcaje alfanumérico mediante tecnología láser en bajo relieve.