Condenan a exalcaldesa de Becerril por corrupción
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Valledupar, con funciones de conocimiento, emitió sentido de fallo condenatorio contra la exalcaldesa del municipio de Becerril, Yaneth Sáenz Fuentes, por un detrimento patrimonial por parte de la administración municipal al celebrar un contrato para la construcción de 300 viviendas que finalmente no se construyeron.
El togado acogió la teoría del fiscal quinto seccional por los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
Los hechos investigados se dieron en el marco del contrato No. 011 del 8 de mayo de 2009, suscrito entre el municipio de Becerril y la Fundación para el Trabajo y el Desarrollo Comunitario –Funsotc-, cuyo objeto era la construcción de las obras de urbanismo de la urbanización Ecociudadela.
El ente municipal le aportó a Funsotc un valor cercano a los $1.000 millones y este se obligaba a destinarlo única y exclusivamente a la construcción de las obras en el lote donde se construiría la Urbanización, por su parte la Fundación aportaría el lote.
Además, la Fiscalía encontró que el convenio fue celebrado bajo la modalidad de contratación directa obviando la modalidad de selección como lo es la licitación pública.
“Se estableció que el lote de terreno donde debía construir las viviendas, se encontraban invadidas, por lo que la Fundación no estaba cumpliendo con lo acordado, así que iniciada la obra el 28 de agosto de 2009, fue necesario la suspensión el 31 de agosto de 2009 con la utilización de la falsificación de la firma del interventor, ello, con el ánimo de anotar cláusulas favorables al contratista, como la renuncia a la declaratoria de incumplimiento de contrato ni hacerle efectiva la cláusula de caducidad”, subrayó el fiscal Johan Ustáriz.
En la misma diligencia el juez libró orden de captura contra la procesada quien se encuentra prófuga de la justicia.
La lectura de fallo se programó para el próximo 7 de octubre cuando se conocerá la pena que purgará la hoy condenada. Este fallo es de primera instancia y admite apelación.