Diario del Cesar
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Ampliación del Programa de Apoyo al Empleo Formal

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Entre las iniciativas que se contempla la reforma para impulsar la economía colombiana está la ampliación temporal del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef).   

El programa será únicamente para aquellos beneficiarios que hubiesen tenido un mínimo de dos empleados y un máximo de 50 empleados entre el periodo de cotización de marzo.

La idea del Ejecutivo es ampliar el proyecto desde julio de 2021 hasta diciembre de 2021, por una vez mensualmente. La determinación de los cincuenta empleados priorizará a las empleadas, cuyo aporte estatal corresponde al 50%. Antes podían acceder todos los empleados sin importar el tamaño de la empresa.

En diciembre de 2021 el Gobierno, considerando los indicadores económicos, en especial el porcentaje de desempleo y la disponibilidad presupuestal existente, podrá disponer mediante decreto la extensión del Programa máximo hasta el 30 de junio de 2022.

Incentivo a la creación de nuevos empleos  

Según el Gobierno, la iniciativa permitirá financiar costos laborales como los pagos de seguridad social y parafiscales, y el cual estará dirigido a los empleadores que generen nuevos empleos mediante la contratación de trabajadores. La iniciativa estaría vigente hasta 2023.

*Jóvenes entre 18 y 28 años: el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente al 25% de un salario mínimo por cada uno de estos trabajadores adicionales.

*Trabajadores que no correspondan a jóvenes y que devenguen hasta tres salarios mínimos: el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente al 10% de un salario mínimo por cada uno de estos trabajadores adicionales.

Cabe recordar que el empleador sólo podrá recibir un máximo de doce pagos. En todo caso, solo se efectuará un pago mensual. Para presentarse a las postulaciones posteriores a septiembre de 2022, el empleador deberá haberse presentado y recibido como mínimo un aporte antes de septiembre de 2022.

Un punto relevante: el empleador no recibirá el incentivo por aquellos trabajadores a los que se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal de contrato de trabajo o de licencia no remunerada para el mes por el que está recibiendo el incentivo.

COLPRENSA