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Así quedarán las etapas del Plan de Vacunación  

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El Ministerio de Salud anunció que está ad portas de publicar el decreto que modificará las etapas del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 y que incluirá nuevas poblaciones priorizadas.

Según explicó Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del Ministerio, el decreto modificará el artículo 7 del decreto 109 que define las etapas y fases del plan. Ahora, se ajustarán los grupos poblacionales y las comorbilidades que tienen un mayor riesgo de contagio y mortalidad por el coronavirus.

 “Los ajustes se hicieron basados en la evidencia científica, que permitió identificar nuevas comorbilidades con mayor riesgo frente al virus y otras poblaciones que, por su exposición, aumentan el riesgo de infección”, explicó.

La etapa uno no tendrá cambios, mientras que la segunda etapa adicionará a personal de salud de otras líneas de atención. “Estará incluido todo el talento humano en salud que labora en las EPS, órganos de control y diferentes organizaciones que asisten, acompañan y validan todo el proceso de atención y manejo del covid”, explicó Bermont.

En la etapa tres se incluirán nuevas comorbilidades con mayor riesgo ante el covid-19 y además, se incluirá la población de 50 a 59 años, que inicialmente hacía parte de la etapa cinco de vacunación, pues por su edad continúan siendo un grupo de riesgo ante la enfermedad.

Además, en la etapa cuatro se incluirá a la población de 40 a 49 años, que también hacía parte de la etapa cinco, y todos los grupos de socorro. En la etapa cinco quedará entonces la población entre los 16 y los 39 años que no tengan comorbilidades.

Así las cosas, la población priorizada desde la etapa tres quedarán de la siguiente manera:

ETAPA TRES: 

-Población entre 50 y 59 años.

-Población entre 16 y 59 años que presente al menos una de las siguientes comorbilidades:

Enfermedades hipertensivas, enfermedad isquémica aguda del corazón, insuficiencia cardiaca, arritmias cardíacas, enfermedad cerebrovascular, diabetes, insuficiencia renal, VIH, cáncer, tuberculosis, EPOC, asma, obesidad grado 1, 2 y 3, es decir, personas con índice de Masa corporal mayor a 30, en lista de espera de trasplante de órganos vitales, post trasplante de órganos vitales, desórdenes neurológicos, síndrome de Down, inmunodeficiencia primaria, esquizofrenia, trastorno esquizotípico y trastornos de ideas delirantes, autismo, trastorno bipolar, discapacidad intelectual y otros trastornos mentales debidos a lesión o disfunción cerebral o a enfermedad somática o fibrosis quística.

-Agentes educativos, madres y padres comunitarios vinculados a los servicios de primera infancia, identificados por ICBF.

-Docentes, directivos docentes, personal de apoyo logístico y administrativo de los establecimientos de educación inicial, preescolar, básica primaria, básica secundaria, educación media y educación superior.

-Cuidadores de poblaciones de especial protección.

-Fuerza pública.

-Guardia indígena y guardia cimarrona.

-Talento humano de funerarias, centros crematorios y cementerios que manipulen cadáveres.

-Personal de la Unidad de Búsqueda de Personas.

-Personal de Migración Colombia.

-Máxima autoridad de Policía y Sanitaria nacional, municipal, distrital y departamental.

-Personal de la Fiscalía General de la Nación.

ETAPA CUATRO: 

-Población privada de la libertad.

-Personal En contacto directo con población privada de la libertad.

-Personal de primera respuesta en la gestión del riesgo.

-Habitantes de calle.

-Talento humano de los servicios sociales para la atención de población en situación de calle.

-Pilotos y auxiliares de vuelos internacionales activos.

-Tripulación de barcos internacionales de transporte de carga.

-Personal aeronáutico de alto riesgo.

-Talento Humano de las Comisarías de Familia encargadas de la atención a población víctima de violencia intrafamiliar.

-Personal de talento humano de atención de campo de emergencias y desastres de la UNGRD.

-Población de 40 a 49 años.

ETAPA CINCO: 

-Población de 16 a 39 años, que no se encuentren en las poblaciones indicadas en las etapas 1, 2, 3 y 4. El orden de aplicación será: 30 a 39 años, 20 a 29 años y 16 a 19 años.