Por WILFRIDO DE LA HOZ DE LA HOZ
La navegabilidad del Río Magdalena es un gran motivo de expectativa para toda Colombia, especialmente para la Región Caribe o Costa Atlántica, debido a que la ejecución de este proyecto significa un gran avance en la disminución del costo en el transporte de materias primas y productos terminados desde y hasta el interior de todo el territorio nacional lo que representa un avance en el desarrollo tanto de las importaciones como de las exportaciones, es decir facilita el intercambio de bienes con el resto del mundo.
Toda la trascendencia e importancia que encierra la navegabilidad del Río Magdalena, tiene su fundamento en la Asociación Pública Privada APP que a su vez tiene su raíz, principio y origen en la Ley 1508 de 2012 que a la letra dice: “Artículo 1°. Las Asociaciones Público Privadas son un instrumento de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra la retención y transferencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio”
Según el DNP esta es la tercera alianza público privada que Colombia celebra sobre la navegabilidad de este río. Sin embargo ésta es la que ha logrado mayor respaldo, quizás porque ha estado en el orden del día de la Asamblea Anual del Banco Interamericano de Desarrollo BID que está interesado en hacer el crédito para financiar el proyecto.
La APP ha sido estructurada conjuntamente por la ANI y Cormagdalena, bajo el liderazgo del Ministerio de Transporte, y con el acompañamiento del BID y sus equipos consultores. La Corporación Autónoma Regional Del Rio Grande De La Magdalena ha calculado que la APP hará una inversión de $450.000 millones de Capex y $1,08 billones de Opex. Aquí se introducen nuevos conceptos poco manejados en la contratación de obras tanto directa como mediante la figura de concesiones por parte de entidades de nuestro país.
Pues bien, ¿qué significa Capex y Opex? CAPEX es el valor en dinero de los activos fijos o la mejora de los activos tales como equipamientos, propiedades o edificios industriales que una empresa adquiere para ejecutar un proyecto. En contabilidad, los CAPEX se incluyen en una cuenta de activos, incrementando el valor base del activo.
El proyecto tendrá una inversión aproximada de $1,4 billones, y “la APP estará compuesta por 18 unidades funcionales en las que se realizarán obras de construcción y mantenimiento para la protección de orillas, reparación del tajamar, diques sumergidos y revestimiento de orillas, desde Barrancabermeja hasta Barranquilla”.
El Congreso de la República decretó que en Colombia sólo se pueden realizar proyectos bajo esquemas de APP cuyo monto de inversión sea superior a 6.000 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes), es decir $5.451,1 millones.
Es importante que se informe cómo deben recuperar los privados los recursos que aportan en dichas APP. Estos recursos privados se retribuirán con el derecho a la explotación económica de la infraestructura o servicio, en las condiciones y tiempo que se pacten.