Quedó libre el locutor que golpeó a su mujer
El Juzgado Segundo Penal Municipal, con funciones de control de garantías, decretó ayer la libertad provisional por vencimiento de términos en favor del locutor y periodista Edgardo José Carreño Pavajeau.
La decisión beneficia a Carreño Pavajeau acusado de violencia intrafamiliar por los hechos ocurridos en jurisdicción de Pueblo Bello, los cuales son de dominio público, en donde se observa, en un vídeo, a Carreño golpeando a una mujer.
Según el togado, en audiencia virtual, “esto se da porque se han superado los términos contenidos en el numeral Quinto del artículo 317 del código de procedimiento penal, el cual indica que si a un procesado transcurrido los 120 días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no le han iniciado el juicio, tiene derecho a pedir la libertad provisional por vencimiento de términos”.
Carreño fue enviado a la cárcel desde el 26 de junio de 2020 luego que miembros del CTI de la Fiscalía Dirección Seccional Cesar materializaran su captura la noche del jueves 25 de junio en el municipio del norte del Cesar.
Los hechos por los cuales se investiga a Carreño se conocieron a través de unas imágenes divulgadas por redes sociales, donde se observa a Carreño con su pareja sentimental, Nohemy Ríos, en un sector enmontado junto a un carro que, al parecer, es de su propiedad.
La víctima daba gritos y en ese instante pasaron algunas personas que lo vieron todo y grabaron el video; mismo material probatorio que está siendo analizado por las autoridades locales y la Fiscalía General de la Nación.
También se conoció un audio donde aparentemente aparece Carreño diciendo frases como: “La vuelves a hacer y te vuelvo a pegar, te la vuelvo a clavar, te la vuelvo a clavar, me vuelves a faltar el respeto y te la vuelvo a zampá, te apuesto lo que tú quieras que ganó esta, te voy a demostrar que nada me van a hacer, no hay prueba de nada, no es nada grave. Con eso no me vas a tramar tú, la Fiscalía está llena de demandas por ‘maricadas’ así como estas, las mujeres quieren faltarle el respeto a los hombres con la versión de que quieren bailar con el que le da la gana, quieren ‘culiar’ con que le da la gana y que el marido no le toque ni un pelo”.
La decisión fue recurrida por la delegada de la Fiscalía General de la Nación y será fallada en segunda instancia por el superior jerárquico.
El 26 de febrero se realizará el juicio oral en este proceso por el delito de violencia intrafamiliar, pero el acusado lo afrontará en libertad.