Defensa de ‘Tuto’ Uhía pidió suspensión de la audiencia
Para el viernes próximo, a las tres de la tarde, fue programada la lectura de sentencia en el caso seguido contra el exalcalde de Valledupar Augusto Daniel Ramírez Uhía, quien fue declarado culpable, en primera instancia, por el delito de corrupción de sufragante.
Así lo decidió el Juzgado Quinto Penal del Circuito con funciones de conocimiento tras la solicitud de aplazamiento de Fiscalía y defensa por ocupaciones previamente agendadas.
En la diligencia realizada ayer, se tenía previsto realizar tanto la audiencia de individualización de pena como la lectura del fallo condenatorio, sin embargo, solo se pudo evacuar la primera parte de la misma.
En la vista pública virtual, el juez quinto penal del circuito, Andrés Alberto Palencia Fajardo, concedió la palabra al fiscal y luego a la defensa para que se refirieran a las condiciones individuales, familiares, sociales, modo de vivir y antecedentes de todo orden del declarado culpable.
Las partes, incluso el Ministerio Público, también se pronunciaron a la probable determinación de pena aplicable y la concesión de algún subrogado.
El primero en intervenir fue el fiscal quinto seccional, Johan Ustáriz, quien advirtió que Ramírez Uhía no tenía derecho a rebaja de penas por cuanto el proceso cumplió sus etapas hasta el final.No obstante, el funcionario destacó que Ramírez Uhía no tiene antecedentes penales y que la pena debería ubicarse entre el primer cuarto.
En el mismo sentido opinó la delegada del Ministerio Público, Martha Valero, quien señaló que la pena debía moverse en el cuarto mínimo, “ya que no existen circunstancias de mayor punibilidad, por el contrario, existe una de menor punibilidad, como lo es, la carencia de antecedentes penales”.
La procuradora pidió, incluso, que se analizara conceder al exalcalde el beneficio de la suspensión condicional de la pena o, en su defecto, la prisión domiciliaria.
“ROGAMOS SE SUSPENDA EJECUCIÓN DE LA PENA”
Por su parte, Alejandro Sánchez, abogado contractual de Augusto Ramírez, expuso tres propuestas para que el juez las analizara.
En primer término, que se suspendiera la ejecución de la pena ya que, según el jurista, no hay razón para que se supere el cuarto mínimo.
De forma subsidiaria, Sánchez pidió que en caso tal no se tomara lo anterior, se otorgara la prisión domiciliaria a su defendido.
Finalmente, el mismo sentenciado decidió intervenir en la audiencia, sumándose a la argumentación de Ministerio Público y defensa.
“QUIERO SEGUIR DEFENDIÉNDOME EN LIBERTAD”: ‘TUTO’
‘Tuto’ Uhía pidió la pena mínima y así poder aplicar a la suspensión de la ejecución de la pena.
“Nosotros presentamos ante su despacho una solicitud personal y familiar rogando ante la justicia que se fije la pena mínima. Un delito que el legislador impuso una pena de 4 a 8 años, ahí toda la argumentación en el primer cuarto. Como padre de familia, solicito que se pueda imponer la mínima para que se cumplan los requisitos penales y se pueda suspender la ejecución de la pena. Todos conocen mi arraigo en esta ciudad. Como padre y profesional del derecho. Quisiera que se me permitiera seguirme defendiendo en libertad ya que interpondremos el recurso”, concluyó Uhía.
Este 5 de febrero el juez proferirá sentencia, en la cual se conocerá la pena y si se priva o no de la libertad al exmandatario.
De acuerdo con la sentencia proferida la semana anterior, el juzgado acogió la postura del delegado de la Fiscalía y desechó las propuestas de la delegada del ministerio público y el defensor técnico del acusado.
“El despacho llegó a la clara conclusión que en efecto, el compromiso penal del señor Augusto Daniel Ramírez Uhía en los hechos materia de debate resultaba más que probado”, señaló en su momento el despacho.
“En desarrollo de la campaña política que se realizó en el año 2011 para las elecciones a la alcaldía de Valledupar y en la que este aspiraba a hacerse con dicho cargo, entró en contacto con una extensa población, especialmente vulnerable, hasta el ejercicio del sufragio, con la clara finalidad de suscribir un acuerdo, a juicio de este despacho netamente ilegal, a través del cual se pretendía mantenerlos en las invasiones que habitaban a cambio de sus votos”, reza la sentencia del juez.
Según el despacho, quedó plenamente demostrada la existencia de promesa de dádiva que el acusado le hizo a los líderes de invasiones conocidas como Tierra Prometida, Altos de Pimienta, Bello Horizonte 2 y Guasimales de la ciudad de Valledupar.
En segunda instancia, también se acreditó que las promesas fueron convertidas en documentos que el acusado firmó libremente y uno de los cuales incluso lo ratificó ante una notaría de Valledupar.
En tercer término, las promesas que se hicieron a la comunidad invasora se tornaban ilegales,“pues a juicio de este despacho entrañaban una serie de obligaciones de hacer, las cuales estaban dirigidas a mantener la situación irregular en que se encontraban los habitantes de los predios ocupados, desconociéndose las órdenes emitidas por la Corte”.
Y cuarto, apuntó el juzgado, las promesas que el acusado le hizo a las comunidades invasoras, sin duda alguna, condicionaron su derecho al sufragio y por ende afectaron la autonomía de los potenciales electores del año 2011.
En la misma diligencia, el administrador de justicia expresó que se apartó del criterio esbozado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que se siguió casi que por idénticos hechos en contra del gobernador Luis Alberto Monsalvo.