Diario del Cesar
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Procuraduría puede suspender provisionalmente a investigados disciplinariamente

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La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, que permite la suspensión provisional durante una investigación disciplinaria.

La determinación la tomó el alto tribunal luego de acoger una demanda sobre el artículo en el que se cuestiona la constitucionalidad de la competencia atribuida a los operadores disciplinarios.

El demandante consideró que esta competencia, cuando se trata de servidores públicos de elección popular, es incompatible con las normas previstas en los artículos 29 de la Constitución y 8.1 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En este caso, el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, por medio del Concepto 6459, solicitó que se declare exequible la norma demandada, así como también lo hicieron las universidades del Rosario y de Nariño.

Así las cosas, la Procuraduría continúa con la facultad de suspender provisionalmente a las personas que son investigadas disciplinariamente.

BOGOTÁ (Colprensa).